Uruguay · Reembolso de la atención
Reembolso de la atención en Uruguay: quién reembolsa qué según su situación
Lo esencial
El convenio de seguridad social Francia-Uruguay, en vigor desde el 1 de julio de 2014, no prevé el reembolso de la atención recibida en el país por un jubilado, y es el estatus el que designa al pagador. El asalariado local depende del FONASA y de su prestador, el asalariado desplazado conserva el régimen francés durante 24 meses como máximo y se le reembolsa contra facturas pagadas, el jubilado y el autónomo eligen entre la cuota mutualista, la CFE (Caja de los Franceses en el Extranjero) y un seguro internacional. El turista se apoya en un seguro de viaje, que France Diplomatie (el ministerio francés de Asuntos Exteriores) considera indispensable. La tabla resumen recoge cada caso y después la página detalla las partidas de atención.
- Convenio Francia-Uruguay firmado el 6 de diciembre de 2010, en vigor desde el 1 de julio de 2014: ninguna disposición de reembolso de la atención de un jubilado en Uruguay (CLEISS, el Centro de enlaces europeos e internacionales de seguridad social).
- Desplazamiento: 24 meses como máximo; atención en Uruguay reembolsada según la legislación francesa con el impreso S 3125c (CLEISS).
- FONASA: cotización del asalariado del 3 % al 8 %, cotización patronal del 5 % (BPS).
- CFE: las ofertas principal (30 años o más), jóvenes (menores de 30 años) y jubilados tienen una cotización que depende de la edad y de la oferta elegida (cfe.fr).
- Carencia CFE: ninguna si la adhesión se produce antes de la salida o en los 3 meses siguientes a la instalación; si no, 3 meses antes de los 44 años y 6 meses a partir de los 45 años.
- Regreso a Francia: mantenimiento de los derechos CFE hasta 3 meses y después afiliación a la CPAM del municipio de residencia (CFE).
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El principio: el estatus designa al pagador
Francia y Uruguay están vinculados por un convenio de seguridad social firmado en Montevideo el 6 de diciembre de 2010 y en vigor desde el 1 de julio de 2014 (CLEISS). Cubre la enfermedad, la maternidad, la paternidad, los accidentes de trabajo, la vejez, la invalidez, los supervivientes y las prestaciones familiares, y organiza la totalización de los periodos de seguro. No crea una tarjeta que dé acceso a la atención de los dos países: la regla general es la afiliación al régimen del país donde se trabaja, y el CLEISS indica que la familia que permanece en Francia no tiene derechos por la actividad en Uruguay.
Pueden intervenir así cuatro actores según el perfil: el régimen uruguayo (FONASA y prestador elegido), el régimen francés mantenido (desplazamiento), la CFE y un seguro de salud internacional. Las nociones de base de reembolso y de parte a cargo del paciente ayudan a comparar las ofertas; la página sistema de salud en Uruguay explica la organización local.
Asalariado local, desplazado y autónomo
Asalariado con contrato local. Está afiliado desde el primer día de actividad, cotiza el 18,10 % de su remuneración, de los cuales el 3 % para la enfermedad en la tabla del CLEISS, y elige un prestador (ASSE o mutualista). Sus beneficiarios son los hijos menores de 18 años y el cónyuge o concubino sin cobertura propia. Véase la noción de contrato local.
Asalariado desplazado. Conserva el seguro de enfermedad francés durante 24 meses como máximo, sin cotización adicional. La atención recibida en Uruguay se reembolsa según la legislación francesa: envía a su caja las facturas pagadas con el impreso S 3125c, y sus beneficiarios que lo acompañan siguen el mismo procedimiento. Una baja laboral debe transmitirse a la caja en 48 horas. El CLEISS aconseja contactar con el seguro complementario de salud para adaptar el contrato, ya que los gastos de salud uruguayos pueden superar los franceses. Véase desplazado.
Autónomo. Está cubierto por el régimen uruguayo para la enfermedad y la maternidad, con una cotización del 8 % para la enfermedad. El régimen no prevé ni seguro de desempleo ni prestaciones familiares, y tanto la previsión como la cobertura fuera del prestador se completan con un seguro internacional.
Jubilado, estudiante, cónyuge y turista
Jubilado. El CLEISS es explícito: el acuerdo franco-uruguayo no prevé ningún reembolso de la atención recibida en Uruguay por una pensión francesa. Existen dos opciones: la adhesión voluntaria a la CFE o un seguro con una compañía privada. Durante una estancia temporal en Francia, el jubilado que justifique al menos 15 años de seguro, sea titular de una pensión de un régimen básico y no ejerza actividad profesional recibe el reembolso de su atención; el cónyuge que lo acompaña no está cubierto. El jubilado del régimen general es gestionado por el CNAREFE, adscrito a la CPAM de Seine-et-Marne. Puede aplicarse una retención del 3,2 % sobre la pensión básica, del 4,2 % sobre la complementaria y del 7,1 % sobre la pensión de autónomo en lugar de la CSG, si la residencia fiscal está fuera de Francia.
Estudiante. Según el CLEISS, para una estancia de menos de 6 meses, la caja francesa puede reembolsar a tanto alzado la atención imprevista, sin obligación y previo adelanto de los gastos. Pasados 6 meses, el estudiante de más de 20 años deja de estar cubierto por el seguro de enfermedad francés y se asegura localmente, con la CFE o con un asegurador privado; con menos de 20 años, conserva su condición de miembro de la familia. Véase seguro de estudiante en el extranjero.
Cónyuge e hijos. Si viven en Uruguay con un asalariado afiliado, son beneficiarios del FONASA; si acompañan a un desplazado, siguen en el régimen francés; si se han quedado en Francia, se dirigen a la CPAM de su residencia. Véase seguro de familia expatriada.
Turista (estancia de hasta 90 días). No se exige ningún seguro a la entrada, pero France Diplomatie considera indispensable un contrato que cubra la atención, la hospitalización, la cirugía y la repatriación, ya que la embajada no puede hacerse cargo de estos gastos.
CFE, seguro de primer euro y regreso a Francia
La CFE propone, según su sitio web, una oferta principal para los mayores de 30 años, una oferta para jóvenes para los menores de 30 años y una oferta para jubilados. Está abierta sin cuestionario de salud. Si la adhesión se produce antes de la salida o en los tres meses siguientes a la instalación, la cobertura es inmediata; si no, la carencia es de tres meses antes de los 44 años y de seis meses a partir de los 45 años. En el extranjero, el reembolso depende del país donde se recibe la atención y del acto, con un porcentaje o un importe a tanto alzado aplicado al gasto real. La maternidad supone una concepción posterior a la adhesión. Véase cotizaciones de la CFE.
Un seguro de primer euro reembolsa los gastos reales dentro de los límites del contrato, con una cobertura directa posible ante el prestador; franquicias, carencias, exclusiones y antecedentes determinan la parte a cargo del paciente. Véase primer euro.
Regreso a Francia. El adherente de la CFE conserva sus derechos hasta tres meses después del regreso, el tiempo de afiliarse a la CPAM de su residencia con el formulario S1106. Según ameli (el portal del Seguro de Enfermedad francés), la carencia aplicable a las personas sin actividad puede suprimirse cuando existe un convenio de seguridad social con el país de residencia, lo que afecta a Uruguay: la confirmación se solicita a la CPAM. Véase seguro de regreso a Francia.
Partida por partida: consulta, hospitalización, medicamentos, dental, óptica, maternidad
- Consulta: cubierta por el prestador para un afiliado al FONASA, con un copago según la mutualista; reembolsada según la legislación francesa para un desplazado; según el baremo por país de la CFE.
- Hospitalización: en la red del prestador para un afiliado; régimen francés para el desplazado; CFE o contrato internacional para un jubilado; en una estancia sin cobertura, la factura corre íntegramente a cargo del paciente.
- Medicamentos: incluidos en las prestaciones en especie del régimen uruguayo (atención médica, quirúrgica y farmacéutica); reembolsados según los baremos de la CFE o los límites de un contrato internacional.
- Dental: la extensión de la cobertura depende del prestador elegido y del contrato; conviene verificarla en la tabla de garantías antes de la adhesión.
- Óptica: el BPS participa en las gafas, las lentes de contacto y las prótesis auditivas u ortopédicas de los afiliados (CLEISS); los contratos internacionales fijan límites por periodo.
- Maternidad: licencia de 6 semanas antes y 8 semanas después del parto, con subsidio abonado por el BPS; la CFE exige una concepción posterior a la adhesión, y los contratos internacionales aplican por lo general un plazo de carencia.
La guía de reembolsos y la página seguro de salud para expatriados ofrecen referencias; Expavy ayuda a contrastar estas opciones con su situación.
Resumen: quién reembolsa según su situación
| Situación | Quién reembolsa en primer lugar | Condición o trámite | Punto de atención |
|---|---|---|---|
| Asalariado con contrato local | FONASA: prestador público (ASSE) o mutualista | Empleo declarado; elección del prestador | Familia que permanece en Francia sin derechos por la actividad |
| Asalariado desplazado | Régimen francés mantenido | Desplazamiento de 24 meses como máximo; impreso S 3125c con facturas pagadas | Posible diferencia con los gastos locales; seguro complementario que adaptar |
| Autónomo | Régimen uruguayo (enfermedad 8 %), CFE o seguro internacional | Afiliación al BPS | Sin desempleo ni prestaciones familiares |
| Jubilado | CFE o seguro privado | El convenio no prevé ningún reembolso de la atención en Uruguay | Atención en Francia: 15 años de seguro, pensión de un régimen básico |
| Estudiante | Seguro local, CFE o asegurador privado | Menos de 6 meses: tanto alzado facultativo; más de 6 meses y más de 20 años: sin cobertura francesa | Consultar la página del CLEISS para estudiantes |
| Cónyuge e hijos | Beneficiarios del FONASA, régimen francés o CFE familia | Según el estatus del asalariado | Maternidad y pediatría: carencias |
| Adherente de la CFE | CFE: baremo del país donde se recibe la atención | Adhesión antes de la salida o en los 3 meses siguientes | Carencia de 3 o 6 meses si la adhesión es tardía |
| Seguro de primer euro | Asegurador: gastos reales dentro de los límites | Cuestionario médico según el contrato | Franquicia, carencia, exclusiones |
| Turista (90 días) | Seguro de viaje o asistencia | Contratación antes de la salida | Límites y duración de la cobertura |
| Regreso a Francia | CFE mantenida hasta 3 meses y después CPAM | Formulario S1106 en la CPAM de residencia | Posible carencia, suprimida según ameli si existe convenio: a confirmar |
Fuentes: CLEISS, BPS, CFE, ameli.fr, France Diplomatie. Las cotizaciones vigentes figuran en cfe.fr.
Preguntas frecuentes
¿Funciona la tarjeta Vitale en Uruguay?
No: incluso con el convenio de 2014, la atención recibida en el país no está cubierta por la tarjeta Vitale. Un asalariado desplazado puede recibir el reembolso según las normas francesas contra facturas pagadas; los demás perfiles recurren al régimen uruguayo, la CFE o un seguro privado.
¿Reembolsa el convenio Francia-Uruguay la atención de un jubilado?
No. El CLEISS precisa que el acuerdo del 6 de diciembre de 2010 no contiene ninguna disposición que permita el reembolso de la atención recibida en Uruguay por una pensión francesa. Quedan la adhesión a la CFE o un seguro privado.
¿Qué reembolsa el FONASA a un asalariado extranjero?
Un asalariado declarado recibe, en la red de su prestador, atención médica, quirúrgica y farmacéutica, con participación en las gafas y las prótesis. Percibe también un subsidio por enfermedad del 70 % de la remuneración base tras tres días de carencia.
¿Cómo se hace reembolsar un desplazado?
Envía a su caja de afiliación las facturas pagadas con el impreso S 3125c. Los beneficiarios que lo acompañan siguen el mismo procedimiento, y una baja laboral debe transmitirse en 48 horas.
¿Cuál es el plazo de carencia de la CFE?
Ninguno si la adhesión se produce antes de la salida o en los tres meses siguientes a la instalación. Pasado ese plazo, tres meses antes de los 44 años y seis meses a partir de los 45 años. La maternidad supone una concepción posterior a la adhesión.
¿Puede un jubilado recibir atención en Francia?
Sí, durante una estancia temporal, si es titular de una pensión de un régimen básico que retribuya al menos 15 años de seguro y no ejerce actividad. El cónyuge que lo acompaña no está cubierto y debe prever un seguro.
¿Qué ocurre con la salud al regresar a Francia?
Un adherente de la CFE conserva sus derechos hasta tres meses después del regreso, el tiempo de afiliarse a la CPAM con el formulario S1106. Un asalariado que retoma un contrato en Francia abre sus derechos desde la reanudación del contrato.
Otras guías: Uruguay
- Vivir allí →Ventajas e inconvenientes, ciudades, coste de la vida, vivienda, instalación.
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- Jubilarse allí →Visado, fiscalidad de la pensión, salud de los jubilados, formulario S1.
