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Guía por país — Américas

Seguro para expatriados y seguro de salud en Puerto Rico

Calle empedrada del Viejo San Juan, Puerto Rico, bordeada de casas coloniales pastel con balcones de hierro forjado

En resumen

Puerto Rico es un territorio de Estados Unidos, con el estatus de Estado Libre Asociado (Commonwealth), y sus normas de entrada son las estadounidenses: un francés viaja con una autorización ESTA durante 90 días como máximo, sin actividad profesional ni estudios, y solicita un visado para estancias más largas (France Diplomatie). El convenio de seguridad social franco-estadounidense, firmado el 2 de marzo de 1987 y en vigor desde el 1 de julio de 1988, cita expresamente al Estado Libre Asociado de Puerto Rico en su ámbito territorial, pero solo coordina la invalidez, la vejez y los supervivientes: no existe ninguna cobertura de la atención sanitaria, la tarjeta Vitale no surte ningún efecto en la isla y la embajada de Francia no sufraga ningún gasto médico. En cambio, el convenio fiscal franco-estadounidense de 1994 define el término «Estados Unidos» sin Puerto Rico (artículo 3), lo que obliga a una comprobación fiscal antes de la instalación. En la isla, el seguro de enfermedad se apoya en Medicare (a partir de los 65 años, con condiciones), en el Plan Vital gestionado por la ASES para el Medicaid puertorriqueño, en seguros individuales autorizados por el Comisionado de Seguros y en el seguro del empleador; el Marketplace federal no está abierto a los residentes de Puerto Rico (CMS). Los riesgos que conviene conocer son el dengue, que ya ha dado lugar a emergencias de salud pública, y la temporada de huracanes del 1 de junio al 30 de noviembre; el consulado general de Francia en Miami es el competente.

Source : France Diplomatie — Estados Unidos, Entrada / estancia (ESTA, visados, Puerto Rico)

Servicio en fase de lanzamiento: un asesor estudia su solicitud y se pone en contacto con usted para precisar sus necesidades.

Datos clave: Puerto Rico

Actualizado automáticamente
Crecimiento del PIB
+0,3 %
Tasa de paro
6,0 %
PIB per cápita
40.620 $
Población
3,2 millones
Esperanza de vida
81,9 años
Médicos por 1000 hab.
1,75
Camas hospitalarias por 1000 hab.
3,3

Últimos datos publicados por el Banco Mundial y tipos de referencia del Banco Central Europeo, actualizados automáticamente.

Cifras clave

  • Población: unos 3.200.000 habitantes (Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, estimaciones de la Oficina del Censo).
  • Ingreso mediano de los hogares: del orden de un tercio del del conjunto de Estados Unidos (Oficina del Censo).
  • Registro consular: no se ha identificado en las fuentes oficiales consultadas ningún número de franceses inscritos propio de Puerto Rico; el consulado general de Miami cubre la isla.
  • Convenio de seguridad social Francia-Estados Unidos en vigor desde el 1 de julio de 1988, con mención del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (CLEISS).

Sistema de salud local

Puerto Rico no tiene una caja de seguro de enfermedad universal comparable a la Seguridad Social francesa. El sistema combina tres niveles: los programas federales estadounidenses (Medicare para los mayores de 65 años, Medicaid para los hogares con pocos recursos), el Plan Vital, plan de salud del gobierno puertorriqueño gestionado por la Administración de Seguros de Salud (ASES), que cuenta con unos 1,6 millones de beneficiarios, y los seguros privados, individuales o vinculados al empleo, supervisados por el Comisionado de Seguros (OCS). Los CMS precisan que los residentes de Puerto Rico no pueden utilizar el Marketplace federal. La financiación federal del Medicaid funciona allí con un límite anual y, según la comisión MACPAC, con una tasa de contribución federal elevada, revisada periódicamente.

France Diplomatie describe para Estados Unidos una infraestructura médica excelente pero de coste muy elevado, y recomienda como imprescindible un contrato de asistencia o un seguro que cubra todos los gastos médicos, cirugía y hospitalización incluidas, así como la repatriación sanitaria: estos gastos no pueden en ningún caso ser asumidos por la embajada. El Centro Médico de San Juan, gestionado por la Administración de Servicios Médicos (ASEM), alberga el único hospital de traumatología de nivel I de la isla. Véase la página sistema de salud en Puerto Rico.

Obligaciones legales y de visado

  • Estancia de 90 días como máximo: autorización ESTA, que debe solicitarse al menos 72 horas antes de la salida, válida durante 2 años, con un pasaporte electrónico o biométrico. No permite ni actividad profesional ni estudios y no constituye un derecho de entrada (France Diplomatie). La aduana estadounidense incluye Puerto Rico en la definición del término «Estados Unidos» del programa de exención de visado.
  • Estancia de más de 90 días, trabajo, prácticas o estudios: visado, con reconocimiento médico para los visados de larga estancia. Superar la duración autorizada conlleva la denegación de entrada y, por lo general, una prohibición de entrada de varios años. El velero con destino a Puerto Rico o a las islas Vírgenes estadounidenses requiere un visado.
  • Seguro de viaje: France Diplomatie considera imprescindible un contrato de asistencia o un seguro que cubra todos los gastos médicos y la repatriación sanitaria; el ingreso en el hospital está sujeto a una garantía financiera.
  • Afiliación local: en las fuentes consultadas no se ha encontrado ninguna obligación general de seguro para un visitante; según el estatus, se aplican el seguro del empleador, un contrato individual autorizado, Medicare o el Plan Vital.
  • Estudiante: sin TSE (fuera de la Unión Europea); el Seguro de Enfermedad francés (Assurance Maladie) recomienda un contrato de asistencia o de seguro, especialmente para Estados Unidos, y la afiliación a la Caja de los Franceses en el Extranjero (CFE) sigue siendo posible. Véase el seguro estudiantil en el extranjero.
  • Trabajador desplazado : mantenimiento en el régimen francés bajo ciertas condiciones, formulario SE 404-02 por 5 años sin prórroga (CLEISS); la CFE y un contrato de asistencia se siguen recomendando como complemento.
  • Jubilado: el convenio de 1987 no contiene ninguna disposición que permita el reembolso de la atención recibida en Estados Unidos con cargo a una pensión francesa; la CFE o un seguro privado toma el relevo (CLEISS).

Las fuentes consultadas no mencionan ninguna multa individual por falta de seguro, pero el elevado coste de la atención y la garantía financiera exigida en el ingreso hacen que el riesgo financiero sea importante para un expatriado sin seguro.

Coste de algunos actos médicos

Referencias orientativas, no una tarifa oficial: los precios varían según el centro; pida un presupuesto antes de la atención.

Coste de algunos actos médicos en Puerto Rico, sector público y privado
Acto médicoSector públicoSector privado
Medicare, parte B (médico, atención ambulatoria), prima mensual estándarDel orden de 200 $ al mes, franquicia anual revisada cada año (CMS)—
Medicare, parte A (hospitalización)Franquicia revisada cada año por período de beneficios; sin prima con 40 trimestres de cotización, del orden de 300 $ al mes con 30 a 39 trimestres, del orden de 550 $ al mes por debajo (CMS)—
Plan Vital (Medicaid puertorriqueño)Servicios de salud del plan del gobierno gestionado por la ASES; elegibilidad evaluada por las oficinas de Medicaid—
Seguro individual conforme a la ACA—Primas y garantías propias de cada aseguradora autorizada por el Comisionado de Seguros; entrada en vigor el 1 de enero
Consulta, hospitalización o diagnóstico por imagen sin coberturaTarifa del centro, no comunicada de manera uniformeTarifa del centro, no comunicada de manera uniforme; pedir un presupuesto antes del acto
Atención imprevista durante una estancia temporal, reembolso francésPosible reembolso a la vuelta sobre la base de las tarifas fijas francesas, por decisión del médico asesor (Assurance Maladie)—
Afiliación a la CFE—Cotización variable según la oferta (jóvenes, principal, jubilados), según el país, la edad y la familia (cfe.fr)

Convenios de seguridad social con Francia

La coordinación entre Francia y Puerto Rico se rige por el convenio de seguridad social franco-estadounidense, firmado el 2 de marzo de 1987 (acuerdo administrativo del 21 de octubre de 1987) y que entró en vigor el 1 de julio de 1988. Según el CLEISS (centro francés de enlaces europeo e internacional de seguridad social), su ámbito territorial incluye, por parte estadounidense, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, junto con los estados, el distrito de Columbia, las islas Vírgenes, Guam y Samoa Americana. Coordina la invalidez, la vejez y los supervivientes para los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia de nacionalidad francesa o estadounidense.

  • Enfermedad y maternidad: ninguna disposición de coordinación; sin formulario S1, sin TSE. La atención programada queda a cargo de la persona, salvo autorización excepcional de su caja; en estancia temporal, solo la atención urgente e imprevista puede eventualmente reembolsarse a la vuelta.
  • Desplazamiento: el formulario SE 404-02 cubre 5 años en el desplazamiento inicial de un asalariado, sin prórroga, y 2 años para un trabajador autónomo, con una excepción posible más allá de ese plazo (CLEISS). El desplazado conserva el seguro de enfermedad francés y envía sus facturas pagadas con el formulario S 3125c.
  • Expatriación: el asalariado que ejerce en la isla queda sujeto a la legislación estadounidense; sus derechohabientes que permanecen en Francia se informan en su CPAM y en su CAF.
  • Jubilado: cotización de enfermedad del 3,2 % (pensión de base) y del 4,2 % (pensión complementaria) que puede descontarse mientras esté vinculado a un régimen francés; ni CSG, ni CRDS, ni Casa si la residencia fiscal ya no está en Francia (CLEISS).

Convenio fiscal. El texto consolidado del convenio del 31 de agosto de 1994 (protocolos adicionales del 8 de diciembre de 2004 y del 13 de enero de 2009) define en su artículo 3 el término «Estados Unidos» como los Estados Unidos de América, sin Puerto Rico, las islas Vírgenes, Guam ni ningún otro territorio o posesión. Por tanto, las normas de residencia y de reparto de la imposición previstas para Estados Unidos no pueden darse por sentadas en Puerto Rico. La isla tiene su propia administración tributaria (Hacienda), y la publicación 570 del IRS precisa que los residentes de buena fe pagan por lo general el impuesto puertorriqueño sobre sus ingresos mundiales.

Qué seguro según mi perfil

Matriz general — no recomienda ningún producto ni asegurador concreto.

Qué seguro según el perfil, para Puerto Rico
PerfilObligación normativaPuntos de atención
Visado vacaciones-trabajoEn las fuentes consultadas no se describe ningún programa de vacaciones y trabajo; toda actividad, incluidas las prácticas, exige un visado de trabajo (France Diplomatie)La ESTA no autoriza ninguna actividad profesional
EstudianteVisado de estudios a partir de 90 días; sin TSE; seguro estudiantil o seguro completo indispensableAtención urgente adelantada; padres reembolsados bajo tres condiciones (Assurance Maladie)
Trabajador desplazadoRégimen francés mantenido, SE 404-02 por 5 años sin prórroga; gastos reembolsados con facturas pagadas (S 3125c)Diferencia con los precios locales; comprobar el seguro complementario o el contrato colectivo
Trabajador local / residente instaladoLegislación estadounidense; seguro del empleador o contrato individual autorizado; Medicare o Plan Vital con condicionesRégimen francés abandonado; Marketplace federal cerrado a los residentes de Puerto Rico
Autónomo / freelanceDesplazamiento de 2 años como máximo o instalación bajo un estatus de inmigración; ninguna coordinación de enfermedadCFE, seguro internacional o contrato individual que hay que prever desde la llegada
JubiladoNingún certificado o S1 para la enfermedad; CFE (oferta jubilados) o seguro privado; Medicare a partir de los 65 años con condicionesConvenio fiscal: Puerto Rico excluido de la definición de Estados Unidos; asesoramiento fiscal antes de la salida

Hospitales y red de atención

  • San Juan (Río Piedras): Centro Médico de Puerto Rico, gestionado por la Administración de Servicios Médicos (ASEM), cuyo hospital de traumatología se presenta como la única institución de nivel I designada de la isla; su sala de urgencias, de nivel supraterciario, atiende también a las islas Vírgenes estadounidenses y a otras islas del Caribe oriental.

Trámites

  1. Antes de la salida: notificar la salida a los organismos franceses (caja de seguro de enfermedad, CAF, France Travail, cajas de pensiones); devolver la tarjeta Vitale y la TSE en caso de expatriación.
  2. Para cualquier estancia, incluso corta: contratar un contrato de asistencia o un seguro que cubra todos los gastos médicos y la repatriación sanitaria, imprescindible según France Diplomatie.
  3. Solicitar la ESTA al menos 72 horas antes de la salida con un pasaporte electrónico o biométrico, o un visado para una estancia de más de 90 días, una actividad o estudios.
  4. Trabajador desplazado: solicitar el formulario SE 404-02 a través del empleador; autónomo: la Urssaf (servicio de movilidad internacional).
  5. Instalación duradera: elegir el seguro local (empleador, contrato individual autorizado por el Comisionado de Seguros, Plan Vital o Medicare según las condiciones) y, si fuera necesario, la CFE antes de la salida o en los tres meses siguientes.
  6. Fiscalidad: hacer validar la situación ante la administración tributaria francesa, Hacienda y el IRS, ya que el convenio fiscal no incluye Puerto Rico en la definición de Estados Unidos.
  7. Jubilado: prever la CFE (oferta jubilados) o un seguro privado y, después, estudiar Medicare a partir de los 65 años.
  8. Inscribirse en el registro de franceses residentes fuera de Francia en el consulado general de Francia en Miami (gratuito, válido 5 años).
  9. Antes de la temporada de huracanes (1 de junio al 30 de noviembre): localizar el plan de evacuación del lugar de residencia y seguir las instrucciones de las autoridades locales.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta un visado para ir a Puerto Rico?

Para una estancia turística o de negocios de 90 días como máximo, basta una autorización ESTA, con un pasaporte electrónico o biométrico. Se necesita un visado a partir de 90 días, para trabajar, hacer prácticas o estudiar. Las normas son las de Estados Unidos (France Diplomatie).

¿Funciona la tarjeta Vitale en Puerto Rico?

No. El convenio franco-estadounidense cita a Puerto Rico en su ámbito territorial, pero solo coordina la invalidez, la vejez y los supervivientes. Solo la atención urgente e imprevista puede eventualmente reembolsarse a la vuelta a Francia, sobre la base de las tarifas fijas francesas.

¿Se aplica el convenio fiscal franco-estadounidense a Puerto Rico?

El artículo 3 del convenio define el término Estados Unidos sin Puerto Rico, las islas Vírgenes, Guam ni ningún otro territorio o posesión (texto consolidado de la administración tributaria francesa). Por tanto, conviene una comprobación fiscal antes de una instalación o de una jubilación.

¿Qué seguro de enfermedad local está al alcance de un residente extranjero?

Según el estatus: seguro del empleador, contrato individual autorizado por el Comisionado de Seguros, Medicare a partir de los 65 años con condiciones, o Plan Vital tras la evaluación de las oficinas de Medicaid. El Marketplace federal no está abierto a los residentes de Puerto Rico (CMS).

¿Cuáles son los principales riesgos sanitarios y naturales?

France Diplomatie señala un aumento de los casos de dengue y recuerda que la isla se ve afectada con mucha frecuencia por depresiones tropicales. Los CDC registran cada año miles de casos de dengue, y la temporada de huracanes va del 1 de junio al 30 de noviembre.

¿A qué número hay que llamar en caso de urgencia?

Al 911, como en todo el territorio estadounidense (France Diplomatie). El consulado general de Francia en Miami es el competente para Puerto Rico.

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