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San Pedro y Miquelón · Jubilarse allí
Jubilarse en San Pedro y Miquelón: pensiones, fiscalidad y acceso a la asistencia sanitaria
Lo esencial
Un jubilado francés puede instalarse en San Pedro y Miquelón sin visado y seguir percibiendo allí su pensión de la metrópoli, mientras que el archipiélago gestiona su propio régimen de jubilación mediante la Caisse de prévoyance sociale (CPS), coordinado con el de la metrópoli por el decreto de 10 de mayo de 2011. Para la asistencia sanitaria, un pensionista de un régimen francés se inscribe en la CPS con el formulario SE 975-07, con sus beneficiarios (ayants droit) que viven con él. La pensión tributa según el código local de impuestos, ya que el convenio de 1988 atribuye la imposición de las pensiones al territorio de residencia. El coste de la vida supera el de la metrópoli, sobre todo en alimentación, y el hospital local ofrece una residencia de mayores (EHPAD) de 25 plazas y 35 plazas de cuidados de larga duración.
- Edad legal de la jubilación local: 62 años para las generaciones recientes, con 164 a 172 trimestres para la tasa plena según el año de nacimiento (CLEISS).
- Tasa plena del 50 % calculada sobre los 25 mejores años; penalización del 0,625 % por trimestre que falte, bonificación del 1,25 % por trimestre adicional (CLEISS).
- Mínimo contributivo y tope de la ASPA (prestación de solidaridad para personas mayores) para una persona sola fijados por la normativa y revalorizados cada año; importes en vigor publicados por el CLEISS.
- Ingreso anual medio declarado de los jubilados del orden de 22.000 €; representan cerca del 23 % de los titulares de ingresos (IEDOM, servicios fiscales).
- Jubilado de un régimen francés: inscripción en la CPS con el formulario SE 975-07; cotización de enfermedad del 3,2 % sobre la pensión base si se mantiene la vinculación francesa (CLEISS).
- Población de más de 65 años que ha pasado de alrededor del 11 % a cerca del 20 % en más de veinte años; EHPAD de 25 plazas y unidad de cuidados de larga duración de 35 plazas en el centro hospitalario (IEDOM).
Servicio en fase de lanzamiento: un asesor estudia su solicitud y se pone en contacto con usted para precisar sus necesidades.
Derecho de residencia: ningún visado para un jubilado francés
San Pedro y Miquelón es una colectividad de ultramar de la República: un jubilado de nacionalidad francesa no pide ni visado ni permiso de residencia. Las páginas «trámites de los extranjeros» de la prefectura se dirigen a los nacionales extranjeros, en particular a los miembros de la familia de franceses (cónyuge extranjero), que piden cita en el servicio de reglamentación (05 08 41 10 10).
El trayecto pasa con mayor frecuencia por un aeropuerto canadiense: según el Gobierno de Canadá, un francés en tránsito necesita una autorización de viaje electrónica, de la que están dispensados los franceses residentes en el archipiélago que se dirigen directamente a Canadá. Los vuelos directos a París son estacionales (una docena de vuelos en verano). La página vivir en San Pedro y Miquelón detalla los trámites de instalación.
La jubilación local gestionada por la CPS
La CPS gestiona la rama de vejez-invalidez del archipiélago. El régimen es próximo al de la metrópoli y se alinea progresivamente con él (ordenanza de 23 de julio de 2015, artículo 90 de la ley de financiación de la seguridad social para 2024). Las condiciones generales son una edad legal de 62 años para las generaciones nacidas a partir de 1962 y al menos un trimestre de seguro en el régimen local. El número de trimestres para la tasa plena es de 164 (generación de 1962), 166 (1963), 167 (1964), 168 (1965), 169 (1966), 170 (1967 a 1969), 171 (1970 a 1972) y 172 (1973). La jubilación progresiva es posible desde los 60 años, y existen salidas anticipadas por carrera larga y discapacidad.
La pensión se calcula así: ingreso anual medio de los 25 mejores años, multiplicado por una tasa de liquidación (50 % en la tasa plena), por la duración de seguro en la CPS y dividido por la duración legal, y después por doce. La penalización es del 0,625 % por trimestre que falte (2,5 % al año, como máximo 37,50 %), la bonificación del 1,25 % por trimestre cotizado más allá de la tasa plena. Se aplica un aumento del 10 % a los padres de tres hijos criados durante nueve años. La jubilación base bruta no puede superar el 50 % del tope de la seguridad social, es decir, del orden de 1.960 € al mes (importe revisado cada año); el mínimo contributivo es del orden de 750 € al mes.
Para los asalariados del sector privado, se añade la jubilación complementaria Agirc-Arrco, con un valor del punto revisado cada año; se liquida sin reducción a la edad de la tasa plena de la jubilación base local si al menos el 50 % de la actividad se ha validado en San Pedro y Miquelón. Para quienes no han trabajado en el lugar, lo esencial de la pensión sigue siendo el del régimen de origen. Los autónomos dependen de la CPS para la base y de la URSSAF Île-de-France para la complementaria.
Las revalorizaciones siguen el índice de precios por decisión ministerial. Para el mínimo contributivo, el CLEISS (Centro de Enlaces Europeo e Internacional de Seguridad Social, un organismo francés) precisa que el total de las pensiones base y complementarias, privadas y públicas, no debe superar 1.394,86 € al mes.
Pensión francesa, totalización y pensión de viudedad
Un jubilado de un régimen francés sigue percibiendo su pensión: la caja (CNAV para el régimen general, servicio de jubilaciones del Estado para las pensiones civiles) es informada del traslado de residencia antes de la salida. Para las pensiones civiles del Estado, el CLEISS indica que el servicio de jubilaciones (DSFIPE, Nantes) abona la pensión mientras la residencia esté en el extranjero y que hay que notificar el traslado de residencia al centro de gestión de las pensiones antes de la salida. El decreto de 10 de mayo de 2011 organiza la totalización de los períodos de seguro entre la metrópoli y la CPS: cada institución determina el derecho a pensión según su legislación y después reduce la prestación a prorrata de la duración de seguro cumplida bajo su régimen. La solicitud de pensión se dirige a la institución del lugar de residencia, que la transmite al otro territorio conservando la fecha de presentación.
La pensión de viudedad local asciende como máximo al 54 % de la pensión del fallecido, para un cónyuge superviviente de al menos 55 años, casado desde hace al menos dos años antes del fallecimiento (salvo hijo nacido del matrimonio), con topes de recursos revisados cada año. La asignación de viudedad, destinada a los cónyuges menores de 55 años, alcanza 695,85 € al mes como máximo durante dos años. La guía jubilación en el extranjero presenta las normas generales de transferencia de pensión.
Fiscalidad de la pensión
El convenio celebrado el 30 de mayo de 1988 entre el Estado y la Colectividad Territorial, en vigor desde el 30 de diciembre de 1988, dispone que las pensiones y remuneraciones similares pagadas a un residente de un territorio por un empleo anterior solo son imponibles en ese territorio (artículo 17). Un jubilado que fija su residencia fiscal en el archipiélago declara, por tanto, su pensión a la dirección de servicios fiscales, según el código local de impuestos, cuyo impuesto sobre la renta progresivo cuenta con 12 tramos frente a 5 en la metrópoli, sin CSG ni CRDS. El servicio de jubilaciones del Estado clasifica además a San Pedro y Miquelón entre los territorios de imposición local.
Algunas referencias de la dirección de servicios fiscales: instalación a lo largo del año, declaraciones distintas del período anterior a la llegada (en la metrópoli) y del día de la instalación al 31 de diciembre (en la dirección local); ingresos inmobiliarios de la metrópoli imponibles en la metrópoli pero tenidos en cuenta para el tipo efectivo; declaración en papel el 31 de marzo y en línea hasta el 30 de abril; mensualización que se pide antes del 1 de noviembre. Los jubilados declaran de media más de 22.000 € al año y pesan casi el 23 % de los titulares de ingresos, según el IEDOM. Una consulta individual a la dirección local precisa la situación de cada uno.
Acceso a la asistencia sanitaria del jubilado
El acuerdo de coordinación de 10 de mayo de 2011 prevé la cobertura de la asistencia recibida en el archipiélago por los jubilados de los regímenes de la metrópoli, de ultramar, de San Bartolomé o de San Martín, sea cual sea su nacionalidad, con excepción de los titulares de una pensión militar. El jubilado se inscribe en la CPS con el formulario SE 975-07, cuya parte A rellena su caja de jubilación y la parte B la CPS; sus beneficiarios que viven habitualmente con él se inscriben al mismo tiempo. Las prestaciones en especie las presta la CPS, a cargo del régimen deudor de la pensión.
Si la residencia fiscal ya no está en Francia, no se deben ni CSG, ni CRDS, ni Casa sobre la pensión. Se sigue descontando una cotización de seguro de enfermedad si el jubilado permanece vinculado a un régimen francés, en particular por sus estancias en Francia: 3,2 % sobre la pensión base, 4,2 % sobre la complementaria, 7,1 % para las pensiones de trabajadores autónomos. Para una estancia temporal en la metrópoli, el reembolso depende con prioridad de la caja vinculada al régimen que abona la pensión; para una hospitalización de más de un mes, se exige un acuerdo médico previo, y el cónyuge que acompaña al jubilado no está cubierto por este régimen. Los detalles por situación figuran en la página reembolsos de la asistencia sanitaria, y la guía seguro de enfermedad del jubilado en el extranjero completa las normas generales.
Las necesidades especializadas dependen de las evacuaciones sanitarias a Canadá o a la metrópoli (más de 1.000 al año), organizadas por la CPS, y de la red hospitalaria local. La CPS financia ayudas propias de los jubilados: ayuda anual a la calefacción, planes de acción personalizados (ayuda a domicilio, reparto de comidas, pedicura, limpieza del domicilio) y ayudas técnicas para asegurar la vivienda. Un contrato de asistencia y repatriación cubre además los desplazamientos privados fuera del archipiélago.
Coste de la vida, vivienda y servicios para mayores
Los precios superan los de la metrópoli: +70,1 % en alimentación y +42,8 % en restaurantes y hoteles en la encuesta del Insee, con una inflación moderada. Los alquileres progresan y los alquileres son escasos (alrededor de una quinta parte de las residencias principales); cerca del 75 % de los hogares son propietarios. El clima frío y húmedo (+5,3 °C de media anual, vientos frecuentes) obliga a incluir la energía y el mantenimiento en el presupuesto. Los jubilados declaran de media más de 22.000 € de ingreso anual, y la proporción de mayores de 65 años alcanza casi el 19 % de la población.
En cuanto a servicios, el centro hospitalario acoge a personas mayores en una unidad de cuidados de larga duración de 35 plazas y una residencia de mayores (EHPAD) de 25 plazas en el centro de la ciudad, y ofrece cuidados a domicilio (25 plazas). El IEDOM cita un proyecto de residencia para personas mayores entre las inversiones anunciadas. El centro de salud de la CPS ofrece medicina general, cuidados de enfermería a domicilio, kinesiterapia y cirugía dental.
Localidades preferidas y estilo de vida
Saint-Pierre (5.194 habitantes) concentra el puerto, el hospital, el centro de salud, los comercios y lo esencial de los servicios: es la elección más sencilla para un jubilado, con 200 habitantes por kilómetro cuadrado. Miquelon (596 habitantes para Miquelon-Langlade) ofrece un entorno más aislado, un centro médico con un médico general, dos enfermeros, dos auxiliares y un conductor de ambulancia, y un índice de envejecimiento del 105,9 % frente al 92,2 % en Saint-Pierre. El pueblo de Miquelon, de unos 600 habitantes, es objeto de un proyecto de reubicación vinculado a la subida del nivel del mar. Langlade está habitada sobre todo en verano.
El territorio está situado a 25 km de Canadá, con conexiones aéreas a Montreal, Halifax y San Juan de Terranova y un ferri a Fortune; en verano, vuelos directos llegan a París. La vida local gira en torno a acontecimientos como la carrera de Miquelon en junio y la fiesta vasca en agosto. Una visita de varias semanas fuera de temporada, antes de comprometerse, permite evaluar el clima y los servicios.
Preguntas frecuentes
¿Necesita un jubilado francés un visado para San Pedro y Miquelón?
No: el archipiélago forma parte de la República y un ciudadano francés se instala allí sin visado ni permiso de residencia. Solo el tránsito por un aeropuerto canadiense impone una autorización de viaje electrónica a un francés no residente en el archipiélago.
¿Se mantiene mi pensión francesa en el lugar?
Sí: la caja de jubilación sigue abonándola, informada del cambio de residencia. Para las pensiones civiles del Estado, el servicio de jubilaciones (DSFIPE, Nantes) la abona mientras la residencia esté en el extranjero.
¿Cómo está cubierto un jubilado en caso de enfermedad?
Se inscribe en la CPS con el formulario SE 975-07, rellenado por su caja de jubilación y por la CPS, con sus beneficiarios que viven con él. Se descuenta una cotización de enfermedad del 3,2 % sobre la base si sigue vinculado a un régimen francés.
¿Cómo tributa la pensión?
Según el convenio de 1988 entre el Estado y la Colectividad, las pensiones son imponibles en el territorio de residencia del beneficiario. Un residente del archipiélago declara, por tanto, su pensión a la dirección de servicios fiscales, según el código local de impuestos.
¿A qué edad se puede jubilar con la CPS?
A los 62 años para las generaciones nacidas a partir de 1962, con 164 a 172 trimestres para la tasa plena según el año de nacimiento. La jubilación progresiva es posible desde los 60 años.
¿Existen estructuras para personas mayores en el archipiélago?
Sí: el centro hospitalario cuenta con una unidad de cuidados de larga duración de 35 plazas, una residencia de mayores (EHPAD) de 25 plazas y un servicio de cuidados a domicilio de 25 plazas. Está anunciado un proyecto de residencia para personas mayores.
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