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Guía por país — Asia-Pacífico
Protección social y salud en la Polinesia Francesa

En resumen
La Polinesia Francesa es una colectividad de ultramar de la República, dotada de una amplia autonomía (artículo 74 de la Constitución, ley orgánica n.º 2004-192 del 27 de febrero de 2004): no es un país extranjero y un ciudadano francés no tiene ningún trámite de entrada ni de salida, pero el Alto Comisionado indica que se exige un pasaporte en vigor para viajar allí. Su protección social no es la de la metrópoli: la salud y la solidaridad dependen únicamente de la competencia del País, y la protección social generalizada (PSG), vigente desde el 1 de enero de 1995, la gestiona una caja única, la Caja de Previsión Social (CPS), a través de tres regímenes (asalariados, no asalariados, solidaridad). El régimen de seguro médico metropolitano (Assurance Maladie) no se aplica sobre el terreno: la protección universal de enfermedad excluye expresamente a las colectividades de ultramar del Pacífico de la noción de residencia en Francia, y un asalariado contratado localmente depende, en principio, de la CPS. No existe un convenio internacional, sino un decreto de coordinación entre regímenes, el decreto n.º 94-1146 del 26 de diciembre de 1994 (en vigor desde el 1 de enero de 1995), que regula el desplazamiento (tres años como máximo, renovable una vez con acuerdo), la totalización de los períodos de seguro y la atención durante una estancia temporal. La CPS no reembolsa todo (tasa del 70% o del 100%): un seguro complementario de salud sigue siendo útil, y las evacuaciones sanitarias a la metrópoli (varios centenares cada año a Francia) las organiza la CPS, con una cobertura muy distinta según se dependa de la CPS o de la seguridad social metropolitana.
Servicio en fase de lanzamiento: un asesor estudia su solicitud y se pone en contacto con usted para precisar sus necesidades.
Todo sobre Polinesia Francesa
- Vivir allí →Ventajas e inconvenientes, ciudades, coste de la vida, vivienda, instalación.
- Trabajo y economía →Empleo para extranjeros, permisos de trabajo, salarios, economía.
- Sistema sanitario →Público y privado, hospitales, seguro médico local, acceso a la atención.
- Reembolso de la atención →Quién paga qué según su situación: asalariado, autónomo, jubilado, estudiante.
- Jubilarse allí →Visado, fiscalidad de la pensión, salud de los jubilados, formulario S1.
Cifras clave
- Unos 280 000 habitantes (población municipal y población total).
- Protección social generalizada: más del 98% de la población cubierta; unas 160 000 personas afiliadas al régimen de asalariados, 17 000 al de no asalariados, 64 000 al régimen de solidaridad, y 27 000 (principalmente funcionarios del Estado y sus derechohabientes) dependientes de la seguridad social metropolitana (informe IGAS/IGA/IGF).
- Evacuaciones sanitarias: unas 700 al año hacia Francia; coste global de las evasan fuera de la Polinesia Francesa: del orden de 2 000 millones de F CFP al año (CPS).
Sistema de salud local
Desde la ley n.º 94-99 del 5 de febrero de 1994 y el decreto n.º 94-1146 del 26 de diciembre de 1994, la Polinesia Francesa dispone de su propia protección social generalizada (PSG), en vigor desde el 1 de enero de 1995. Según el informe IGAS/IGA/IGF n.º 2018-104R, cubre los riesgos de enfermedad, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, familia y vejez y, de forma más limitada, discapacidad y acción social. Se organiza en tres regímenes gestionados por una caja única, la Caja de Previsión Social (CPS): el régimen general de asalariados (RGS), el régimen de no asalariados (RNS) y el régimen de solidaridad de la Polinesia Francesa (RSPF). La cobertura de enfermedad y maternidad es idéntica de un régimen a otro. La PSG se financia en un 70% con cotizaciones, según este informe.
El sistema metropolitano sigue siendo distinto: el Alto Comisionado precisa que la protección universal de enfermedad (PUMa) solo reconoce como residencia estable en Francia la metrópoli, Córcega y los departamentos de ultramar (así como San Bartolomé y San Martín), y excluye a las colectividades de ultramar del Pacífico. No existe ninguna delegación de la Assurance Maladie en la Polinesia Francesa. En cambio, los funcionarios del Estado destinados allí y sus derechohabientes siguen dependiendo de la seguridad social metropolitana, mientras que los contratados locales dependen de la CPS.
La CPS reembolsa la atención según sus propias tasas y su propia nomenclatura: solo aplica tasas del 0%, 70% o 100%, según el Alto Comisionado, y algunas prestaciones reembolsadas en la metrópoli (atención dental, óptica) no lo son necesariamente de la misma manera sobre el terreno. La oferta hospitalaria pública se apoya en el Centro Hospitalario de la Polinesia Francesa (CHPF), en Pirae, centro de referencia y de último recurso, y en hospitales de proximidad. La atención que no puede realizarse sobre el terreno da lugar a una evacuación sanitaria (evasan), decidida previo dictamen del médico asesor de la CPS.
Obligaciones legales y de visado
- Entrada y estancia: al formar parte la Polinesia Francesa del territorio nacional, un ciudadano francés no tiene ningún trámite particular de entrada o de salida ni necesita solicitar un visado; el Alto Comisionado indica, no obstante, que se exige un pasaporte en vigor, incluso en caso de tránsito por ciertos países (Estados Unidos, Japón, Nueva Zelanda, Fiyi, islas Cook). La página consultada no menciona ninguna formalidad sanitaria de entrada.
- Asalariado contratado localmente: en principio, el trabajador queda sometido al régimen del territorio donde trabaja (decreto n.º 94-1146, artículo 3). Por tanto, está afiliado al régimen de asalariados de la CPS; el empleador retiene la cotización. Para el seguro médico, la tasa global en vigor es del 14,94% (9,96% a cargo del empleador, 4,98% a cargo del asalariado) con un límite máximo mensual de 5 000 000 F CFP, según el cuadro publicado en el Boletín Oficial de la Polinesia Francesa.
- No asalariado / autónomo: afiliación al régimen de no asalariados de la CPS, ante el servicio de afiliación de la caja. Los baremos de cotización del régimen de no asalariados no han podido leerse en una fuente oficial aprovechable y, por tanto, no se indican aquí.
- Trabajador desplazado: el trabajador desplazado sigue sometido al régimen de su territorio habitual durante tres años como máximo, con una posible prórroga de tres años previo acuerdo de las autoridades del lugar de desplazamiento; para un no asalariado, el período inicial es de doce meses, renovable una vez (decreto n.º 94-1146, artículo 3). Para beneficiarse del tercero pagador de la CPS, el empleador declara la situación a la Urssaf (Cerfa 11559-03) y, después, el trabajador solicita el formulario 980-01 (y el 980-04 para sus derechohabientes) a su organismo de adscripción antes de declararse en la CPS a su llegada.
- Cónyuge o pareja de hecho sin actividad: según el Alto Comisionado, la CPS exige seis meses de residencia y un límite de ingresos para el régimen de solidaridad; sin actividad profesional en la Polinesia, el cónyuge no está, por tanto, cubierto por defecto ni por la seguridad social metropolitana ni por la CPS a su llegada. Existe, con carácter excepcional, una excepción (vinculación de un derechohabiente mayor de edad) para ciertos agentes del Estado adscritos a la caja primaria del Val-de-Marne; no es automática y no está abierta en las demás cajas.
- Mantenimiento de la cobertura metropolitana: en caso de excedencia o de permiso sin sueldo, un asegurado puede conservar sus derechos al reembolso de los gastos de salud durante un año como máximo en virtud de su actividad anterior; después, debe afiliarse a la CPS (régimen de no asalariados o régimen de solidaridad según sus ingresos), según el Alto Comisionado.
- Certificados de derechos: para los afiliados a la seguridad social metropolitana, el certificado de derechos transmitido a la CPS es válido un año como máximo y debe renovarse al menos un mes antes de su vencimiento; de lo contrario, la CPS suspende los derechos sin previo aviso, según el Alto Comisionado.
- Estudiante: la CPS ofrece un apartado específico para estudiantes dentro del régimen de asalariados, cuyas condiciones no han podido leerse en directo: a confirmar con la caja. Un contrato de seguro estudiantil no se impone en los textos consultados. Los hijos mayores de edad, estudiantes o no, deben disponer de una cobertura propia ante la CPS o la seguridad social según su lugar de residencia.
- Jubilado: se declara a su caja de pensiones (para el sector privado, el centro nacional de jubilados de Francia en el extranjero y la caja nacional del seguro de vejez; para los pensionistas del Estado, el servicio de pensiones del Estado) para obtener el formulario 980-06 y, después, se declara en la CPS sobre el terreno.
- Seguro complementario y asistencia: en las fuentes consultadas no se menciona ninguna obligación de seguro privado, pero ni la CPS ni la seguridad social reembolsan todo; un seguro complementario de salud cubre la totalidad o parte del copago. La afiliación a la Caja de los Franceses en el Extranjero (CFE) (oferta principal, oferta para jóvenes, oferta para jubilados) está dirigida a los franceses establecidos fuera de Francia: su aplicabilidad a un residente de la Polinesia Francesa, territorio nacional, no está establecida en las fuentes consultadas y debe confirmarse con la CFE antes de cualquier trámite. En cambio, el Alto Comisionado recomienda un contrato de asistencia para los desplazamientos fuera de la Polinesia Francesa.
Las fuentes consultadas no mencionan ninguna multa individual por falta de cobertura de enfermedad; el principal riesgo es financiero, ya que una falta de afiliación o de actualización de los derechos puede suspender la cobertura y, en el caso de una evacuación sanitaria, la CPS comprueba primero que el paciente tenga sus derechos abiertos.
Coste de algunos actos médicos
Referencias orientativas, no una tarifa oficial: los precios varían según el centro; pida un presupuesto antes de la atención.
| Acto médico | Sector público | Sector privado |
|---|---|---|
| Atención cubierta por la CPS (afiliado, actos reembolsables) | Tasa de cobertura del 0%, 70% o 100% de la tarifa de la CPS; hojas de asistencia que deben transmitirse en el año siguiente a la atención | Reembolso dentro del límite de la tarifa de la CPS; tarifas de los profesionales privados no publicadas por ninguna fuente oficial consultada |
| Enfermedad de larga duración (ALD / enfermedad grave) | Cobertura al 100% tras el reconocimiento por la CPS (cartilla de enfermedad grave); debe reconocerse también ante la seguridad social metropolitana para estar cubierto al 100% en la metrópoli | — |
| Cotización de seguro médico de un asalariado local (tasa en vigor) | 14,94% del salario con límite máximo de 5 000 000 F CFP al mes, es decir, 9,96% a cargo del empleador y 4,98% a cargo del asalariado | — |
| Evasan a Francia, paciente afiliado a la CPS | Transporte, hospitalización y alojamiento a cargo de la CPS previo dictamen del médico asesor; un solo acompañante autorizado puede beneficiarse del billete, el alojamiento y las comidas | — |
| Evasan, paciente dependiente de la seguridad social metropolitana | La CPS adelanta el billete de ida y vuelta (y el del acompañante con carácter excepcional) y el traslado desde el aeropuerto; el alojamiento, los transportes sobre el terreno, la alimentación y la ropa quedan a cargo del paciente | — |
| Atención durante una estancia temporal sin formulario 980-04 | Gastos adelantados por el paciente y reembolsados después por su caja de seguro médico, previa presentación de los justificantes | — |
| Copago (ticket moderador, actos no reembolsados, sobreprecios) | A cargo del asegurado o de su seguro complementario de salud según el contrato | Ídem; importes no publicados por ninguna fuente oficial consultada |
Convenios de seguridad social con Francia
No existe un convenio de seguridad social entre Francia y la Polinesia Francesa, puesto que esta forma parte de la República. La coordinación entre los regímenes metropolitanos y polinesios se basa en el decreto n.º 94-1146 del 26 de diciembre de 1994, «por el que se establece la coordinación de los regímenes metropolitanos y polinesios de seguridad social», que surte efecto el 1 de enero de 1995. Abarca, en particular, la vejez, la enfermedad, la maternidad, la invalidez, el fallecimiento, los accidentes de trabajo y las prestaciones familiares, y establece la igualdad de trato de los asegurados sea cual sea su nacionalidad.
- Estatuto: el artículo 74 de la Constitución y la ley orgánica n.º 2004-192 del 27 de febrero de 2004 otorgan a la Polinesia Francesa una amplia autonomía; la política de salud y de solidaridad es competencia del País, con la contribución financiera del Estado.
- Totalización de períodos: cuando el asegurado no justifica la duración de seguro exigida en su nuevo territorio para sus derechos de enfermedad, maternidad o invalidez, se tienen en cuenta los períodos cumplidos en el otro territorio (artículos 9 y 17); se computan los períodos de menos de un año (artículo 10). El certificado correspondiente se solicita a la propia caja antes de la salida.
- Estancia temporal: el asegurado que necesita atención durante una estancia en el otro territorio, o que está autorizado a ir allí para recibir tratamiento, recibe la atención de la institución del lugar de estancia por cuenta de su régimen de afiliación (artículo 18). El Alto Comisionado precisa que hay que solicitar el formulario 980-04 a la propia caja antes de la salida y declararse después en la CPS a la llegada; de lo contrario, los gastos se adelantan y luego los reembolsa la caja de origen.
- Desplazamiento: los trabajadores desplazados y sus derechohabientes que residen con ellos se benefician de las prestaciones de enfermedad y maternidad durante toda la duración de la estancia (artículo 19).
- Derechohabientes: los de un trabajador empleado en un territorio y que residen habitualmente en el otro tienen derecho a prestaciones en especie, servidas según la legislación del territorio de residencia y a cargo del régimen de afiliación del trabajador (artículo 20); esta disposición no se aplica si los miembros de la familia tienen un derecho propio.
- Pensionistas: los titulares de pensiones o rentas que residen o se encuentran en el otro territorio se benefician de la atención a cargo del régimen deudor de la pensión (artículo 21).
- Atención en la metrópoli para un asegurado de la CPS: según el Alto Comisionado, solo puede obtener el reembolso de la seguridad social y según el baremo de la Assurance Maladie. Por el contrario, un afiliado a la seguridad social metropolitana debe acordarse de marcar «fuera de la residencia habitual» en la hoja de asistencia para obtener un reembolso normal en la metrópoli.
Qué seguro según mi perfil
Matriz general — no recomienda ningún producto ni asegurador concreto.
| Perfil | Obligación normativa | Puntos de atención |
|---|---|---|
| Visado vacaciones-trabajo | No aplicable: territorio francés, ningún visado exigido a un ciudadano francés | — |
| Estudiante | Apartado de estudiantes del régimen de asalariados de la CPS; condiciones no leídas en directo | A confirmar con la CPS; un estudiante de la metrópoli de visita o en prácticas solicita el formulario 980-04 a su caja antes de venir |
| Trabajador desplazado | Mantenimiento en el régimen de origen hasta tres años, prorrogable tres años más con acuerdo; formulario 980-01 (y 980-04 para los derechohabientes), declaración en la CPS a la llegada | Pasado ese plazo, autorización conjunta de prórroga o afiliación directa a la CPS |
| Trabajador local / residente instalado | Afiliación a la CPS (régimen de asalariados) por el empleador; cotización de enfermedad del 14,94% con un límite máximo mensual de 5 000 000 F CFP | Los derechos metropolitanos no se mantienen: la PUMa excluye a las colectividades de ultramar del Pacífico |
| Autónomo / freelance | Afiliación al régimen de no asalariados de la CPS | Baremos de cotización no leídos en una fuente oficial aprovechable; solicitarlos a la CPS |
| Jubilado | Formulario 980-06 expedido por la caja de pensiones y, después, declaración en la CPS con certificado de derechos, datos bancarios (RIB), partida de nacimiento y documento de identidad | El formulario debe solicitarse antes de la instalación o nada más llegar; los plazos de tramitación pueden alcanzar varias semanas |
| Cónyuge sin actividad | Sin cobertura por defecto a la llegada: la CPS exige seis meses de residencia y un límite de ingresos para el régimen de solidaridad | Excepción de derechohabiente mayor de edad reservada a ciertos agentes del Estado; otro caso a estudiar con la CPS |
Hospitales y red de atención
- Pirae (Tahití): Centro Hospitalario de la Polinesia Francesa (CHPF), centro público de referencia y de último recurso, inaugurado a finales de 2010, 490 camas, de ellas 45 de reanimación según su sitio web; único centro que dispone del abanico completo de disciplinas médicas y quirúrgicas del territorio, según el informe IGAS/IGA/IGF n.º 2018-104R.
- Taravao (Tahití), Moorea, Uturoa (Raiatea, islas de Sotavento) y Taiohae (Marquesas): hospitales públicos de proximidad cuya actividad (medicina y, según los centros, cirugía, obstetricia o urgencias) sigue limitada por su tamaño, según el informe IGAS/IGA/IGF.
- Las estructuras de la Dirección de Salud (centros médicos, dispensarios, enfermerías) garantizan la atención de primer recurso en las islas; el directorio actualizado se publica en el portal de la administración de la Polinesia Francesa.
Trámites
- Antes de la salida: comunicar su cambio de situación a su caja de seguro médico, a la caja de prestaciones familiares, a France Travail y a las cajas de pensiones, y comprobar que sus derechos estén al día.
- Aclarar su estatus: asalariado local (afiliación a la CPS por el empleador), desplazado (formulario 980-01 y, para los derechohabientes, 980-04), autónomo (régimen de no asalariados), jubilado (formulario 980-06).
- Solicitar a su caja el certificado relativo a la totalización de los períodos de seguro, útil para que la CPS retome los períodos metropolitanos; el formulario exacto debe confirmarse con su caja.
- Crear o comprobar su cuenta ameli y su certificado de derechos, válido un año como máximo, antes de transmitirlo a la CPS.
- Comprobar la validez de su pasaporte antes del viaje, también para las escalas (autorizaciones que el viajero deba solicitar eventualmente según el país de tránsito).
- Nada más llegar: declararse en la CPS (sede de Papeete o delegación) con documento de identidad, formulario 980 y certificado de derechos; la CPS asigna entonces un número de expediente.
- Abrir una cuenta en línea en la CPS una vez que los derechos estén al día, y vigilar las fechas de vencimiento del certificado de derechos y del formulario 980 para evitar una suspensión.
- Hacer reconocer una enfermedad de larga duración ante la CPS y ante la seguridad social metropolitana si se desea estar cubierto al 100% en ambos territorios.
- En caso de evasan: el médico de cabecera dirige la solicitud a la CPS, que comprueba los derechos y hace examinar el expediente por un médico asesor; la CPS organiza después el transporte a través de su proveedor de asistencia.
- Contratar un seguro complementario de salud y, para los viajes fuera de la Polinesia Francesa, un seguro de viaje que cubra la atención y la repatriación.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta un visado para instalarse en la Polinesia Francesa?
No. Al formar parte la Polinesia Francesa del territorio nacional, un ciudadano francés no tiene ningún trámite particular de entrada o de salida. No obstante, el Alto Comisionado indica que se exige un pasaporte en vigor para viajar allí.
¿Me sigue cubriendo la Assurance Maladie en la Polinesia Francesa?
En principio no para un asalariado o un residente instalado: la protección universal de enfermedad excluye a las colectividades de ultramar del Pacífico de la noción de residencia en Francia, y un trabajador depende del régimen del territorio donde trabaja, es decir, de la CPS. Los funcionarios del Estado destinados allí, los trabajadores desplazados (tres años como máximo, prorrogables) y ciertos pensionistas conservan una vinculación metropolitana.
¿Existe un convenio de seguridad social entre Francia y la Polinesia Francesa?
No, en el sentido de un tratado entre dos Estados: la Polinesia forma parte de la República. La coordinación entre los regímenes la garantiza el decreto n.º 94-1146 del 26 de diciembre de 1994, en vigor desde el 1 de enero de 1995, que prevé, en particular, la totalización de los períodos de seguro, el desplazamiento y la atención durante una estancia temporal.
¿Qué reembolsa la CPS?
La CPS reembolsa según sus propias tarifas, con tasas del 0%, 70% o 100% según el Alto Comisionado; ciertas prestaciones (atención dental, óptica) pueden reembolsarse de manera distinta a la metrópoli. Un seguro complementario de salud cubre la totalidad o parte del copago.
¿Qué es una evacuación sanitaria (evasan) y quién paga?
Es un traslado a la metrópoli (o a Nueva Zelanda, o entre islas) cuando la atención no puede realizarse sobre el terreno. La solicita el médico de cabecera y la autoriza el médico asesor de la CPS. Para un afiliado a la CPS, la CPS cubre el transporte, la hospitalización y el alojamiento; para un afiliado a la seguridad social metropolitana, solo adelanta el billete de ida y vuelta y el traslado desde el aeropuerto, y el resto queda a cargo del paciente.
¿Es necesario un seguro para expatriados en la Polinesia Francesa?
Las fuentes consultadas no imponen ningún seguro privado, pero la CPS y la seguridad social no reembolsan todo, y los gastos de evasan quedan en parte a cargo del paciente si depende de la seguridad social metropolitana. Por tanto, conviene estudiar un seguro complementario de salud y una asistencia según su estatus; la elegibilidad a la CFE de un residente de la Polinesia Francesa debe confirmarse con este organismo.
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