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Guía por país — Europa

Seguro para expatriados y seguro de salud en Svalbard y Jan Mayen

Casas de madera de colores de Longyearbyen al pie de montañas nevadas, a orillas de un fiordo de Svalbard

En resumen

Svalbard es un archipiélago ártico que forma parte del Reino de Noruega pero obedece a un régimen aparte: el tratado de Svalbard del 9 de febrero de 1920 reconoce la soberanía noruega y garantiza a los nacionales de los Estados partes, entre ellos Francia, la igualdad de acceso, de estancia y de actividad económica (Lovdata). La isla de Jan Mayen, también noruega, depende de una ley distinta de 1930 y no está cubierta por ese tratado. Para un francés, esto se traduce en tres particularidades. El archipiélago está fuera del espacio Schengen. La ley noruega de inmigración no se aplica allí: no se exige ningún visado ni permiso de residencia o de trabajo noruego (Gobernador de Svalbard). En cambio, el Gobernador puede denegar la entrada o la estancia a una persona que no tenga medios para vivir allí ni para alimentarse con un trabajo lícito, y allí no se paga ninguna ayuda social (NAV, municipio de Longyearbyen). En cuanto a la salud, el seguro nacional noruego (folketrygden) solo es accesible a través de un empleador noruego establecido en el lugar o por una afiliación anterior, sin posibilidad de adhesión voluntaria; las normas europeas de seguridad social no se aplican al archipiélago (NAV). El hospital de Longyearbyen, un pequeño centro de urgencias, precisa que la CEAM no cubre ni la atención ni la ambulancia aérea a Tromsø. El CLEISS no registra ningún convenio bilateral de seguridad social entre Francia y Noruega. La embajada de Francia en Oslo es la competente para el archipiélago, y France Diplomatie considera imperativo un contrato de asistencia o de seguro que cubra los gastos médicos y la repatriación sanitaria.

Source : France Diplomatie: Noruega, Entrada / estancia (Svalbard, documentos de viaje)

Servicio en fase de lanzamiento: un asesor estudia su solicitud y se pone en contacto con usted para precisar sus necesidades.

Cifras clave

  • Tratado de Svalbard del 9 de febrero de 1920: soberanía noruega, igualdad de acceso y de estancia para los nacionales de los Estados partes, entre ellos Francia (Lovdata).
  • No se exige ningún visado ni permiso de residencia o de trabajo noruego para residir en Svalbard; el Gobernador puede denegar la entrada a quien no disponga de medios suficientes (Gobernador de Svalbard, reglamento sobre la denegación de entrada y la expulsión).
  • Ninguna ayuda social en Svalbard; la afiliación al seguro nacional noruego pasa por un empleador noruego en el lugar, sin adhesión voluntaria (NAV).
  • Ningún convenio de seguridad social Francia-Noruega en la lista de los 42 convenios bilaterales del CLEISS; normas europeas de seguridad social no aplicables al archipiélago (NAV).
  • Pequeña comunidad de unos pocos miles de habitantes, concentrada en Longyearbyen, con un hospital de urgencias sin escáner ni resonancia magnética (municipio de Longyearbyen, Statistics Norway).

Sistema de salud local

El sistema de salud de Svalbard se reduce, en lo esencial, al hospital de Longyearbyen. El municipio lo describe como un pequeño hospital de urgencias que hace también las veces de consulta médica para los habitantes: ofrece atención general y especializada con un médico, un dentista, un fisioterapeuta, una enfermera de salud pública y una matrona. Su capacidad de exploraciones y de cirugía es limitada, no emplea a ningún psicólogo, no dispone de sala de partos, y el municipio precisa que no hay ni escáner ni resonancia magnética. Las urgencias graves se trasladan al continente en ambulancia aérea, un transporte que depende del tiempo y de las aeronaves disponibles. El propio centro indica que está dimensionado para servir sobre todo a la población local y que está equipado y dotado únicamente para las urgencias; los pacientes cuyo estado es complicado o pone en peligro la vida son trasladados al hospital universitario del Norte de Noruega, en Tromsø.

Para las urgencias, el 113 (socorro médico), el 112 (policía) y el 110 (bomberos) son los números noruegos citados por France Diplomatie; el Gobernador de Svalbard, que dirige el servicio de salvamento del archipiélago, muestra el 112, y la centralita del hospital es el +47 79 02 42 00. Fuera de las localidades, las posibilidades de comunicación son limitadas, de ahí la exigencia de un equipo de comunicación para los desplazamientos por el terreno fuera de la zona de desplazamiento (Gobernador). Los medicamentos necesarios deben llevarse en el equipaje de mano en cantidad suficiente: puede que el hospital no tenga capacidad para extender recetas, y un medicamento vendido en Francia puede no existir en Noruega.

Obligaciones legales y de visado

  • Documentos de viaje: todo viajero debe llevar un documento de viaje en vigor (Gobernador de Svalbard). France Diplomatie recuerda que el archipiélago está fuera del espacio Schengen, que el documento nacional de identidad en vigor es obligatorio allí y que se recomienda encarecidamente un pasaporte, ya que la policía puede pedirlo en determinados vuelos o a la llegada; las autoridades noruegas no han reconocido la prórroga de validez de algunos documentos de identidad franceses expedidos entre 2004 y 2013.
  • Ni visado ni permiso noruego: la ley noruega de inmigración no se aplica al archipiélago, y los extranjeros no necesitan ni visado ni permiso de residencia o de trabajo expedido por las autoridades noruegas para ir allí (Gobernador de Svalbard). La NAV precisa que los nacionales de los Estados partes en el tratado pueden entrar y residir a condición de disponer de una vivienda y de poder subvenir a sus necesidades.
  • Medios de subsistencia: el reglamento sobre la denegación de entrada y la expulsión permite al Gobernador denegar la entrada, a la llegada o más tarde, a una persona de quien deba suponerse que no tiene medios suficientes para residir allí ni la posibilidad de alimentarse con un trabajo lícito, o que no es capaz de cuidar de sí misma. Esta norma se dirige tanto a los extranjeros como a los noruegos, y el Gobernador aconseja asegurarse un empleo y una vivienda antes de la llegada.
  • Registro: para una estancia de más de seis meses, el traslado se declara en el registro de población de Svalbard ante la oficina tributaria local (formulario RF1557). Un extranjero que llegue sin número de identidad noruego debe solicitar un número de identificación temporal (D-number) con cita previa (Skatteetaten).
  • Afiliación al seguro de enfermedad nacional: un residente ya afiliado antes de su instalación conserva su afiliación; en caso contrario, se obtiene como asalariado de un empleador noruego que ejerce su actividad en Svalbard y dura lo que el contrato, más un mes. La adhesión voluntaria es imposible (NAV). El CLEISS describe la misma norma.
  • Seguro de salvamento y de evacuación: desde la entrada en vigor, el 1 de enero de 2026, del reglamento sobre la seguridad en el terreno, se exige un seguro que cubra los gastos de búsqueda, de salvamento y de transporte médico a los operadores turísticos para cualquier actividad en el archipiélago, y a los visitantes, investigadores y docentes en cuanto se desplacen fuera de la «zona de desplazamiento». Los residentes permanentes no tienen que suscribir un seguro específico, pero pueden tener que pagar los gastos de salvamento en caso de falta intencionada o de negligencia grave (Gobernador). Para una simple estancia en la localidad, el hospital recomienda un seguro de viaje o de salud que cubra la atención de urgencia.
  • Osos polares y armas: quien salga de las localidades debe disponer de medios adecuados para ahuyentar a los osos polares; portar un arma requiere un permiso expedido por el Gobernador, y las armas cargadas están prohibidas en la localidad de Longyearbyen.
  • Estudiante e investigador: las actividades de investigación y de enseñanza fuera de la zona de desplazamiento exigen una autorización del Gobernador, solicitada con al menos ocho semanas de antelación, un equipo de comunicación, un seguro y un informe tras la actividad.
  • Trabajador desplazado : el CLEISS describe el desplazamiento a un país sin convenio de seguridad social (régimen francés mantenido durante tres años, renovable una vez, con reembolso sobre facturas pagadas dentro del límite de las tarifas francesas). Como las normas europeas de seguridad social no se aplican al archipiélago, este marco debe confirmarse con la Urssaf (servicio de movilidad internacional) y con el CLEISS antes de la salida.
  • Jubilado: el formulario S1 depende del derecho europeo, no aplicable en Svalbard; véanse las vías del CLEISS en la sección «Convenios».

No se impone ninguna obligación de residencia mínima para residir en Svalbard, pero la ausencia de red social (sin ayuda social, hospital de urgencias, evacuación dependiente del tiempo) convierte el seguro personal en un elemento central de cualquier proyecto.

Coste de algunos actos médicos

Referencias orientativas, no una tarifa oficial: los precios varían según el centro; pida un presupuesto antes de la atención.

Coste de algunos actos médicos en Svalbard y Jan Mayen, sector público y privado
Acto médicoSector públicoSector privado
Afiliación al seguro nacional noruego (asalariado de un empleador noruego en el lugar)Cotización de seguridad social (trygdeavgift) retenida junto con el impuesto sobre el salario según el régimen fiscal de Svalbard; tipos fijados cada año (Skatteetaten)—
Consulta médica en LongyearbyenMédico del hospital de Longyearbyen, que hace las veces de consulta para los habitantes; tarifa aplicable a un visitante no publicada en las fuentes leídas—
Urgencia grave y evacuación a TromsøLos pacientes pueden tener que pagar la atención y la ambulancia; la CEAM no las cubre (hospital de Longyearbyen)Contrato de asistencia o de seguro que cubra la evacuación y la repatriación sanitaria, recomendado por France Diplomatie
Gastos de búsqueda y de salvamento en el terrenoResidente permanente: a su cargo solo en caso de falta intencionada o de negligencia grave (Gobernador)Seguro exigido a los visitantes fuera de la zona de desplazamiento y a los operadores; ofertas de la CFE según la edad y el perfil, tarifa con presupuesto
Atención dental de adultosUn dentista ejerce en el hospital; el CLEISS indica que la atención dental de los adultos corre generalmente por completo a cargo del asegurado en el régimen noruego—
MedicamentosNo siempre disponibles en el lugar; llevar el tratamiento en el equipaje de mano (hospital de Longyearbyen)—
PartoNo hay sala de partos en el hospital de Longyearbyen: el nacimiento se prepara en el continente (municipio de Longyearbyen)—
Atención a un visitante francésNinguna cobertura automática; a la vuelta, solo la atención urgente e imprevista puede ser reembolsada, en su caso, por la caja sobre la base de tarifas fijas francesas (ameli)—

Convenios de seguridad social con Francia

El marco es ante todo institucional. Svalbard forma parte del Reino de Noruega (ley sobre Svalbard de 1925), pero solo se aplican allí de oficio las leyes noruegas de derecho privado, de derecho penal y de procedimiento; las demás leyes solo se aplican si lo prevén expresamente. El tratado de Svalbard del 9 de febrero de 1920 garantiza a los nacionales de los Estados partes (Francia figura entre los signatarios originales) un derecho igual de acceso y de estancia y la libertad de ejercer actividades marítimas, industriales, mineras y comerciales, y limita el uso de los impuestos recaudados al propio archipiélago. La isla de Jan Mayen depende de su propia ley de 1930, que la convierte en una parte del Reino de Noruega; no está contemplada en el tratado de Svalbard y la ley no contiene ninguna norma de entrada ni de estancia. Las fuentes oficiales leídas no describen ningún régimen de salud o de estancia específico de Jan Mayen: cualquier trámite allí se confirma con las autoridades noruegas.

  • Seguridad social: el CLEISS no incluye ningún convenio bilateral Francia-Noruega entre los 42 convenios en vigor. La NAV indica que las normas del Espacio Económico Europeo no se aplican en Svalbard, aplicándose en cambio el convenio nórdico de seguridad social a las personas que ya tenían derechos en un país nórdico. La atención de paso en la Noruega continental depende de otro marco: la CEAM se utiliza en el espacio UE/EEE, pero el hospital de Longyearbyen precisa que no cubre ni la atención ni la ambulancia aérea en Svalbard.
  • Régimen noruego: el CLEISS describe una afiliación obligatoria para los residentes de Svalbard y de Jan Mayen, a condición de tener un empleador noruego o de haber estado afiliado antes de la instalación.
  • Jubilado: tres vías según el CLEISS en un país sin convenio (régimen local, CFE, seguro privado); la atención durante una estancia temporal en Francia está abierta a los titulares de una pensión de un régimen básico francés que justifiquen al menos 15 años de seguro, a través de la Cnarefe para los jubilados del régimen general.
  • Fiscalidad: el BOFiP enumera el convenio Francia-Noruega del 19 de diciembre de 1980, modificado por tres adendas (14 de noviembre de 1984, 7 de abril de 1995, 16 de septiembre de 1999). Las fuentes oficiales leídas no permiten confirmar que se aplique a Svalbard, cuyo régimen fiscal es propio (ley noruega del impuesto en Svalbard): la situación se confirma con la administración tributaria francesa (servicio de impuestos de los no residentes) y con Skatteetaten.

Qué seguro según mi perfil

Matriz general — no recomienda ningún producto ni asegurador concreto.

Qué seguro según el perfil, para Svalbard y Jan Mayen
PerfilObligación normativaPuntos de atención
Asalariado de un empleador noruego en el lugarAfiliación al seguro nacional a través del empleador, mientras dure el contrato más un mes (NAV)La pérdida del empleo hace perder la afiliación y, sin medios, expone a una denegación de estancia
Trabajador desplazadoMarco del CLEISS para un país sin convenio: régimen francés mantenido 3 años, renovable una vezNormas europeas inaplicables en Svalbard: marco por confirmar con la Urssaf; complementario y evacuación útiles
Autónomo / sin empleador localSin adhesión voluntaria al seguro nacional para quien no estuviera ya afiliado (NAV)Medios de subsistencia exigidos; seguro privado o CFE por prever
JubiladoSin S1; CFE (oferta jubilados), seguro privado o afiliación anterior al seguro noruegoVivienda ligada a los empleadores; hospital de urgencias; evacuación dependiente del tiempo
Estudiante / investigadorAutorización del Gobernador fuera de la zona de desplazamiento; seguro de salvamento exigidoCEAM sin efecto; oferta jóvenes de la CFE o seguro estudiantil
Visitante / turistaNingún visado; documento de viaje; seguro recomendado por el hospital, exigido fuera de la zona de desplazamientoAtención y ambulancia aérea a cargo del paciente, fuera de Schengen

Hospitales y red de atención

  • Longyearbyen: hospital de Longyearbyen (Longyearbyen sykehus), tel. +47 79 02 42 00, urgencias 113; pequeño hospital de urgencias que hace también las veces de consulta para los habitantes, único centro de atención del archipiélago para los residentes de larga duración.
  • Tromsø: hospital universitario del Norte de Noruega, centro público al que el hospital de Longyearbyen evacúa en ambulancia aérea a los pacientes cuyo estado es complicado o pone en peligro la vida.

Trámites

  1. Antes de la salida: asegurarse un empleo y una vivienda, que el Gobernador aconseja garantizar antes de la llegada; la mayoría de las viviendas las asignan los empleadores.
  2. Comprobar la validez del documento nacional de identidad y del pasaporte, ya que el archipiélago está fuera de Schengen.
  3. Contratar un contrato de asistencia o de seguro que cubra gastos médicos, evacuación y repatriación sanitaria (France Diplomatie), ya que la CEAM no cubre ni la atención ni la ambulancia aérea en Svalbard. Véase la guía de la Caja de los Franceses en el Extranjero (CFE) para las ofertas según la edad y el perfil, tarifa con presupuesto.
  4. Comunicar la salida a los organismos franceses (CPAM, CAF, France Travail, cajas de jubilación) e informarse sobre el domicilio fiscal en el servicio de impuestos de los no residentes.
  5. Tras la llegada, para más de seis meses: declarar el traslado en el registro de población de Svalbard (formulario RF1557) y, si es necesario, solicitar el D-number.
  6. Asalariado: comprobar con el empleador la afiliación al seguro nacional (NAV Svalbard) y la retención del impuesto en origen.
  7. Procurarse, si se sale de las localidades, los medios para protegerse de los osos polares y un equipo de comunicación, y consultar las normas del Gobernador antes de cualquier desplazamiento por el terreno.
  8. Inscribirse en el registro de franceses establecidos fuera de Francia en la embajada de Francia en Noruega, competente para el archipiélago.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta un visado o un permiso de residencia para instalarse en Svalbard?

No: la ley noruega de inmigración no se aplica al archipiélago y no se exige ningún visado ni permiso de residencia o de trabajo noruego (Gobernador de Svalbard). En cambio, el Gobernador puede denegar la entrada o la estancia a una persona sin medios suficientes para vivir allí ni posibilidad de ganarse la vida con un trabajo lícito.

¿Funciona la tarjeta europea de seguro de enfermedad (CEAM) en Svalbard?

No. El hospital de Longyearbyen indica que la CEAM no cubre ni la atención sanitaria ni la ambulancia aérea, al estar el archipiélago fuera del espacio Schengen, y que los pacientes pueden tener que pagar la atención y el transporte. Se recomienda un seguro de viaje o de salud que cubra las urgencias.

¿Se puede uno afiliar al seguro de enfermedad noruego al instalarse en Svalbard?

Solo a través del empleo: un residente ya afiliado antes de su instalación conserva su afiliación; en caso contrario, uno se convierte en miembro como asalariado de un empleador noruego que ejerce su actividad en Svalbard, durante la vigencia del contrato más un mes. La adhesión voluntaria no existe (NAV).

¿Existe una ayuda social en Svalbard?

No: la NAV y el municipio de Longyearbyen indican que en Svalbard no se concede ninguna ayuda social, y que los residentes deben disponer de una vivienda y de medios de subsistencia.

¿Es obligatorio el seguro de evacuación y de salvamento?

Se exige a los operadores turísticos para cualquier actividad y a los visitantes, investigadores y docentes que se desplacen fuera de la zona de desplazamiento (reglamento sobre la seguridad en el terreno). Los residentes permanentes no tienen que suscribir un seguro específico, pero pueden tener que pagar los gastos de salvamento en caso de falta intencionada o de negligencia grave. Para cualquier otra estancia, se recomienda encarecidamente.

¿Está Jan Mayen sometida al mismo régimen que Svalbard?

No. Jan Mayen es una parte del Reino de Noruega regida por una ley de 1930 y no está cubierta por el tratado de Svalbard. Las fuentes oficiales leídas no describen un régimen de estancia o de salud propio de la isla: infórmese con las autoridades noruegas.

¿Existe un convenio de seguridad social entre Francia y Noruega aplicable a Svalbard?

El CLEISS no incluye ningún convenio bilateral Francia-Noruega entre sus 42 convenios en vigor, y la NAV precisa que las normas europeas de seguridad social no se aplican en Svalbard. Según la situación (desplazamiento, jubilación, vuelta a Francia), conviene consultar al CLEISS y a la CFE antes de la salida.

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