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Islas Cocos · Jubilarse allí

Jubilación en las islas Cocos (Keeling): estancia, pensión francesa, fiscalidad, salud del jubilado

Lo esencial

Jubilarse en las islas Cocos (Keeling), territorio exterior de Australia, exige preparar la estancia, la fiscalidad y la salud. France Diplomatie describe para Australia una autorización eVisitor para 3 meses como máximo y un visado de visitante más allá, pero ninguna categoría de visado propia de los jubilados; una instalación duradera depende de otro visado, que debe examinarse con Home Affairs. No existe convenio de seguridad social entre Francia y Australia: la salud se cubre con la CFE (la Caja de los Franceses en el Extranjero) o un seguro privado, y la isla no tiene ni hospital ni una gran oferta de atención. El convenio fiscal franco-australiano, en vigor desde el 1 de junio de 2009, incluye el territorio de las islas Cocos en la definición de Australia y reserva en principio la tributación de las pensiones al Estado de residencia.

  • eVisitor: 3 meses como máximo por estancia; visado de visitante más allá; ninguna categoría de visado de jubilado descrita por France Diplomatie.
  • Convenio fiscal Francia-Australia: en vigor desde el 1 de junio de 2009; artículo 17: pensiones y rentas imponibles solo en el Estado de residencia, sin perjuicio del artículo 18 (CLEISS, Légifrance).
  • Age Pension australiana: 67 años, y 10 años de residencia en Australia de los cuales 5 consecutivos como mínimo (CLEISS).
  • Jubilado francés: 15 años de cotizaciones a regímenes obligatorios franceses para la atención durante las estancias temporales en Francia (ameli).
  • 0 convenios de seguridad social: ningún formulario S1, la salud se cubre con la CFE o un seguro privado (ameli, CLEISS).
  • 2 centros de salud en la isla, ningún hospital: los casos graves se evacúan a Perth (Shire, Department of Infrastructure).

Servicio en fase de lanzamiento: un asesor estudia su solicitud y se pone en contacto con usted para precisar sus necesidades.

Residir en la jubilación en las islas Cocos: visado y estatus

Las normas de entrada son las de Australia. France Diplomatie indica que los titulares de un pasaporte francés necesitan una autorización electrónica eVisitor para una estancia de 3 meses como máximo, o un visado. Para una estancia turística de más de 3 meses, recomienda el visado de visitante (subclase 600). Su página no describe ninguna categoría de visado propia de los jubilados y no menciona las islas Cocos: un proyecto de residencia duradera se prepara con el ministerio australiano del Interior (Home Affairs), cuyo sitio enumera los visados que permiten vivir en Australia, y con un abogado o un agente especializado en inmigración.

France Diplomatie precisa también que una persona gravemente enferma que desee instalarse en Australia puede ver denegada la entrada si no dispone de recursos suficientes para cubrir su atención. En una isla sin hospital, esta condición pesa aún más en la elección de un destino. La página jubilación en Australia detalla las vías de estancia del continente, y la página vivir en las islas Cocos (Keeling) presenta la vida en la isla.

Alojarse y vivir en una isla aislada

Ninguna fuente oficial leída publica alquiler ni índice de precios propios de las islas Cocos: el bloque de referencias económicas de esta página recoge los indicadores nacionales disponibles. El Shire precisa que West Island alberga el aeropuerto, las oficinas del gobierno y la mayoría de las viviendas de los empleados del gobierno y de sus contratistas, y que Home Island es el hogar de la comunidad cocos malaya. Su página dedicada a los arrendamientos de terrenos figura como en revisión: las modalidades de acceso a una vivienda o a un terreno para un jubilado que no está ligado a ningún empleador se confirman con el Shire antes de cualquier proyecto.

Dos elementos pesan en esta elección. El Shire indica que la única conexión de pasajeros es un servicio aéreo vía la isla de Navidad y Perth, de frecuencia limitada. Y el territorio dispone de dos centros de salud, sin hospital, ni siquiera de médico todos los días: un jubilado que sigue un tratamiento regular o que padece una afección crónica evalúa en primer lugar la oferta de atención con su médico. Para comparar con lugares de residencia del continente, véase la página jubilación en Australia.

Pensión francesa y ausencia de convenio de seguridad social

France Diplomatie indica que no existe ningún acuerdo bilateral entre Francia y Australia en el ámbito de la cobertura social, y Australia no figura en la lista de países vinculados a Francia por un convenio (CLEISS, el centro francés de enlace en materia de seguridad social internacional). Para un país sin convenio, el CLEISS precisa que los derechos a pensión los examina por separado cada país: los periodos de seguro no se totalizan, y las cotizaciones abonadas en un régimen local no dan automáticamente derecho a una pensión pagadera en Francia. El jubilado comunica su salida a sus cajas de jubilación y a su caja de seguro de enfermedad (ameli).

Por el lado australiano, el CLEISS describe una Age Pension no contributiva, financiada con el impuesto: la edad de apertura es de 67 años, y hay que haber residido en Australia durante un periodo continuo de 10 años, o 10 años en total en periodos distintos de los cuales 5 consecutivos como mínimo. Un jubilado que se instala al final de su carrera no cumple, por tanto, las condiciones de residencia; vive de sus derechos franceses, de sus ahorros y de sus eventuales rentas privadas. El CLEISS recuerda también que la garantía de jubilación de un régimen privado (superannuation) puede liquidarse a partir de los 60 años, para las personas que hayan trabajado en Australia.

Fiscalidad de la pensión: lo que prevé el convenio franco-australiano

El convenio fiscal entre Francia y Australia se firmó en París el 20 de junio de 2006 y está en vigor desde el 1 de junio de 2009 (BOFiP). Su artículo 3 define Australia en sentido geográfico excluyendo los territorios exteriores, con la excepción de seis, entre ellos el territorio de las islas Cocos (Keeling) (Légifrance): se aplica, por tanto, a las islas Cocos.

  • Residencia (artículo 4): la persona es residente del Estado donde dispone de un hogar permanente; si tiene uno en cada Estado, decide el centro de intereses vitales, después la nacionalidad.
  • Pensiones y rentas (artículo 17): solo son imponibles en el Estado de residencia del beneficiario, sin perjuicio del apartado 2 del artículo 18, que trata de las pensiones abonadas por servicios prestados a un Estado. Un jubilado residente de las islas Cocos tributa, por tanto, en Australia por una pensión privada de fuente francesa, y un jubilado que sigue siendo residente de Francia tributa en Francia.
  • Eliminación de la doble imposición (artículo 23): el residente de Francia obtiene un crédito fiscal por el impuesto australiano, limitado al impuesto francés correspondiente a esas rentas, con un cálculo al tipo efectivo.

Por el lado francés, si la residencia fiscal ya no está establecida en Francia, el jubilado no paga ni CSG, ni CRDS, ni Casa, y se retiene sobre sus pensiones una cotización de seguro de enfermedad mientras siga adscrito a un régimen francés (CLEISS). Los baremos del impuesto australiano cambian cada año y se consultan en el sitio de la ATO, que precisa también las normas de residencia fiscal australiana y las eventuales ventajas ligadas a una zona alejada. El estatus de residente fiscal se hace validar ante la administración tributaria francesa (impots.gouv.fr) y la ATO antes de la salida.

Salud del jubilado: CFE, seguro privado y estancias en Francia

La Assurance Maladie (el seguro de enfermedad francés) precisa que un jubilado residente fuera de la Unión Europea, en un país sin convenio, ya no está cubierto por el régimen francés por sus gastos de salud en el lugar: el formulario S1 no existe para Australia. Se proponen dos vías, la adhesión voluntaria a la CFE, abierta a los franceses, o un seguro privado. La oferta jubilados de la CFE se dirige a los titulares de una pensión del régimen básico francés sin actividad profesional; no incluye cuestionario de salud, reembolsa la atención en el extranjero según una tasa o un importe fijo propio del país de la atención, y la tarifa se da con presupuesto. Si la adhesión se produce antes de la salida o en los tres meses siguientes a la instalación, la cobertura es inmediata; si no, se aplica un periodo de carencia (cfe.fr). Véanse la guía seguro de enfermedad del jubilado en el extranjero y la página seguro de jubilación en el extranjero.

Durante una estancia temporal en Francia, el pensionista del régimen general se inscribe en la Cnarefe: debe justificar al menos 15 años de cotizaciones a regímenes obligatorios franceses y estar en situación regular respecto a la estancia de los extranjeros en Francia; las hospitalizaciones de más de un mes exigen el acuerdo previo de la CPAM. Su cónyuge que lo acompaña no está cubierto y contrata un seguro privado o la CFE. Para la atención en la isla, la página sistema de salud en las islas Cocos (Keeling) presenta los centros de salud y la evacuación a Perth, y la página reembolso de la atención sanitaria detalla cada situación. Medicare sigue reservado a los ciudadanos, a los residentes permanentes (incluidos los de las islas Cocos, según el CLEISS) y a determinados visados temporales.

Clima, ciclones y aislamiento: los criterios de elección del lugar

El Shire describe un clima subtropical, con temperaturas máximas medias que van de unos 28 °C en agosto a unos 30 °C en febrero y marzo, y una humedad relativa elevada. Las islas se ven afectadas por condiciones ciclónicas pero rara vez se encuentran en la trayectoria directa de un ciclón. El plan de gestión de los riesgos costeros publicado por el gobierno australiano (CHRMAP) se presenta como un marco estratégico de alto nivel, y quedan por realizar estudios detallados sobre los procesos costeros y las inundaciones: conviene leerlo antes de elegir una vivienda.

Más allá del clima, la elección de una jubilación en la isla depende de tres criterios concretos: la distancia a la atención especializada, la frecuencia de los vuelos y la capacidad de alojarse de forma duradera. Una estancia de prueba de unas semanas, con un contrato de asistencia que cubra la evacuación, permite ponerlos a prueba antes de un compromiso a largo plazo. Para comparar garantías adecuadas, véase el seguro de salud en las islas Cocos (Keeling).

Preguntas frecuentes

¿Existe un visado de jubilado para las islas Cocos (Keeling)?

France Diplomatie no describe ninguna categoría de visado propia de los jubilados para Australia: indica el eVisitor para 3 meses como máximo y el visado de visitante más allá. Los demás visados se consultan en el sitio de Home Affairs, antes de cualquier decisión.

¿Se aplica a las islas Cocos (Keeling) el convenio fiscal franco-australiano?

Sí. El artículo 3 del convenio, en vigor desde el 1 de junio de 2009, incluye el territorio de las islas Cocos (Keeling) en la definición geográfica de Australia (Légifrance). El artículo 17 reserva en principio la tributación de las pensiones al Estado de residencia.

¿Puede un jubilado francés cobrar la Age Pension australiana?

El CLEISS indica que la Age Pension se abre a los 67 años y supone 10 años de residencia en Australia (continuos, o acumulados con al menos 5 años consecutivos). Un jubilado que se instala tardíamente no cumple, por tanto, en general la condición.

¿Cubre la CFE a un jubilado en las islas Cocos (Keeling)?

La oferta jubilados de la CFE se dirige a los titulares de una pensión del régimen básico francés sin actividad profesional, sin cuestionario de salud. Reembolsa la atención en el extranjero según una tasa o un importe fijo propio del país de la atención; la tarifa se da con presupuesto.

¿Se puede recibir atención en Francia durante una estancia temporal?

El pensionista del régimen general que justifique al menos 15 años de cotizaciones a regímenes obligatorios franceses se inscribe en la Cnarefe (ameli). Su cónyuge no está cubierto y contrata la CFE o un seguro privado.

¿Qué pasa con la cotización de enfermedad sobre la pensión si me marcho de Francia?

Si la residencia fiscal ya no está en Francia, el jubilado no paga ni CSG, ni CRDS, ni Casa. Una cotización de seguro de enfermedad sigue reteniéndose sobre la pensión mientras esté adscrito a un régimen francés (CLEISS).

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