Bolivia · Trabajo y economía
Trabajar en Bolivia siendo francés: permanencia, salarios, impuestos y cotizaciones
Lo esencial
Un francés que trabaja en Bolivia obtiene una permanencia temporal ante la Dirección General de Migración, tras un visado solicitado a la sección consular de la embajada de Bolivia en Francia para toda estancia de más de 90 días. El salario mínimo nacional es de 3.300 bolivianos al mes desde el 1 de enero de 2026, y el empleador abona a la Caja Nacional de Salud una cotización del 10 % de la masa salarial. Francia y Bolivia están vinculadas por un convenio fiscal en vigor desde el 1 de noviembre de 1996, que reserva la imposición de los sueldos al Estado donde se ejerce el empleo. No existe ningún convenio de seguridad social: un desplazamiento depende del derecho interno francés, por tres años renovables una vez.
- Salario mínimo nacional fijado por resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y revalorizado periódicamente; el importe mensual vigente lo publican las autoridades.
- Cotización patronal a la Caja Nacional de Salud: 10 % del total de la masa salarial (CNS).
- Convenio fiscal Francia-Bolivia firmado en La Paz el 15 de diciembre de 1994, en vigor desde el 1 de noviembre de 1996 (Légifrance).
- Sueldos imponibles en el Estado de residencia salvo que el empleo se ejerza en el otro Estado; crédito fiscal francés para evitar la doble imposición (artículos 15 y 23).
- Desplazamiento fuera de convenio: tres años renovables una vez, régimen francés mantenido (CLEISS, el Centro de enlaces europeos e internacionales de seguridad social).
- Alrededor del 60 % de la actividad y el 80 % del empleo corresponden a la economía informal; gas y litio a la cabeza de los recursos (France Diplomatie).
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Datos clave: Bolivia
Actualizado automáticamente- Crecimiento del PIB
- -1,6 %
- Inflación
- 19,5 %
- Tasa de paro
- 3,0 %
- PIB per cápita
- 5148 $
- Población
- 12,6 millones
- Esperanza de vida
- 68,7 años
- Gasto sanitario (% del PIB)
- 6,9 %
- Médicos por 1000 hab.
- 1,28
- Camas hospitalarias por 1000 hab.
- 1,5
Últimos datos publicados por el Banco Mundial y tipos de referencia del Banco Central Europeo, actualizados automáticamente.
Derecho al trabajo, visado y permanencia para un francés
La estancia sin visado de 90 días por periodo de doce meses está reservada al turismo y a la visita familiar. Para trabajar, se solicita un visado específico a la sección consular de la embajada de Bolivia en Francia, incluso para toda estancia de más de 90 días, sea cual sea el motivo (France Diplomatie). Una vez en el país, la Dirección General de Migración concede una permanencia temporal que puede llegar hasta tres años, con categorías de uno, dos o tres años; la permanencia definitiva supone una permanencia mínima de tres años y una solicitud expresa.
El expediente tipo incluye un formulario de declaración jurada, un pasaporte válido seis meses, una foto, unos antecedentes penales del país de origen o un certificado de Interpol, un certificado médico y la prueba de solvencia, con los documentos extranjeros traducidos y legalizados. Los justificantes propios del empleo (contrato, certificación del empleador) se confirman con la dirección. Todo extranjero, incluido el residente, se registra en las 48 horas siguientes a su entrada con la declaración de domicilio, so pena de una multa de unos 300 bolivianos.
Ningún programa de vacaciones y trabajo vincula a Francia con Bolivia en las fuentes consultadas. La guía del asalariado que trabaja en el extranjero y la página vivir en Bolivia detallan los trámites.
Salario mínimo y niveles de remuneración
El salario mínimo nacional se elevó a 3.300 bolivianos al mes, con efecto retroactivo al 1 de enero de 2026, mediante la resolución ministerial 088/26 del Ministerio de Trabajo, adoptada en aplicación del decreto supremo 5516 del 13 de enero de 2026. El ajuste es obligatorio cuando el salario base es inferior a esa cantidad, y el ministerio prohíbe reestructurar la remuneración (supresión de primas) para neutralizar la subida. El valor aplicable para el año siguiente se confirma con el ministerio a finales de cada año.
Por encima del suelo, las remuneraciones se negocian según el oficio y la ciudad. France Diplomatie recuerda que la economía informal representa en torno al 60 % de la actividad y el 80 % del empleo, lo que hace menos legibles las estadísticas de salarios; una oferta expresada en bolivianos se aprecia también a la luz del tipo de cambio. El bloque «Referencias económicas» actualiza el crecimiento, la inflación y el desempleo.
Cotizaciones sociales: la CNS y las jubilaciones
La Caja Nacional de Salud (CNS), institución pública sin ánimo de lucro, gestiona el régimen de seguridad social a corto plazo, que cubre la enfermedad, la maternidad y los riesgos profesionales. Una planilla oficial de la CNS indica que el aporte patronal es del 10 % del total de la masa salarial. El reglamento del Código de Seguridad Social, publicado en la Gaceta Oficial, hace al empleador solidariamente responsable de la afiliación de sus trabajadores y del pago de las cotizaciones patronales y salariales.
Las pensiones dependen de un régimen de jubilación regido por la ley 065 de pensiones; los tipos de cotización del asalariado y la gestión de las cuentas se confirman con la autoridad de control de pensiones y con el servicio del empleador. El CLEISS no publica una ficha para Bolivia: ningún convenio de seguridad social organiza la totalización de los periodos con Francia. La página sistema de salud en Bolivia detalla la cobertura de salud.
Impuesto sobre la renta y convenio fiscal franco-boliviano
Francia y Bolivia firmaron en La Paz, el 15 de diciembre de 1994, un convenio para evitar las dobles imposiciones en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, acompañado de un protocolo; entró en vigor el 1 de noviembre de 1996 (decreto del 25 de noviembre de 1996). El artículo 4 hace depender la residencia de la sujeción al impuesto en el Estado de que se trate y después del hogar permanente y del centro de intereses vitales en caso de doble residencia.
Según el artículo 15, los sueldos solo son imponibles en el Estado de residencia, a menos que el empleo se ejerza en el otro Estado; la regla de los 183 días en un periodo de doce meses protege a un asalariado en misión corta, siempre que el empleador no sea residente del otro Estado y no soporte la carga en un establecimiento permanente. El artículo 23 prevé, para un residente de Francia, un crédito fiscal: igual al impuesto francés sobre la renta imponible solo en Bolivia, y al impuesto boliviano pagado en los demás casos, dentro del límite del impuesto francés correspondiente. El impuesto boliviano lo administra el Servicio de Impuestos Nacionales; sus baremos se consultan en su sitio web.
Desplazado, autónomo y teletrabajo
Sin convenio de seguridad social, el asalariado enviado por una empresa francesa puede ser desplazado fuera de convenio: permanece afiliado al régimen francés tres años, renovables una vez, cubierto dentro del límite de las prestaciones que habría recibido en Francia, contra facturas pagadas con el impreso S 3125c. Las cotizaciones se pagan en Francia como si la actividad se ejerciera allí, sin dispensar de las cotizaciones que eventualmente se adeuden en Bolivia (CLEISS). Véase desplazado o expatriado.
El asalariado con contrato local abandona, por el contrario, el régimen francés y depende del régimen boliviano; la CFE (Caja de los Franceses en el Extranjero) se suma a la afiliación local sin eximir de ella. Un autónomo puede contratar la CFE, que cubre la enfermedad-maternidad de un autónomo, o un seguro internacional. Para un trabajador a distancia, la ley migratoria exige una permanencia adaptada a la actividad; véase la guía visados de nómadas digitales y confirmar con la Dirección General de Migración.
Condiciones prácticas: bloqueos, altitud y desplazamientos profesionales
Un proyecto profesional en Bolivia debe integrar restricciones que France Diplomatie describe con precisión. Las movilizaciones sociales (huelgas, manifestaciones, bloqueos) son frecuentes y pueden perturbar los desplazamientos entre ciudades: se recomienda mantenerse informado mediante el mapa de carreteras bloqueadas de la Administradora Boliviana de Carreteras y no forzar los bloqueos. Para los trayectos profesionales, se aconseja evitar viajar de noche, utilizar un radiotaxi y verificar la seriedad de las compañías de autobuses y de las agencias.
La altitud (La Paz entre 3.300 y 3.800 metros) exige un periodo de aclimatación, y un asalariado con antecedentes cardiacos, pulmonares, neurológicos o renales debe pedir un dictamen médico antes de una asignación en altitud. Para los desplazamientos aéreos, las compañías BoA y Ecojet ofrecen condiciones de seguridad globalmente satisfactorias, mientras que la compañía TAM está formalmente desaconsejada. Un contrato de asistencia que cubra la atención y la repatriación forma parte de las condiciones previas a toda asignación: véase la página seguro de salud para expatriados.
Economía, moneda y perspectivas
Según France Diplomatie, Bolivia tiene el PIB por habitante más bajo de América del Sur y ha entrado en recesión tras una década de fuerte crecimiento; la economía está poco diversificada y depende en gran medida de los hidrocarburos y del sector público. El país dispone de la segunda reserva de gas del subcontinente, que constituye la base de sus exportaciones, y de en torno al 20 % de las reservas mundiales identificadas de litio, así como de hierro, cobre y estaño.
La agricultura dispone de importantes recursos. Las principales ciudades de actividad son Santa Cruz de la Sierra, capital económica, La Paz, Cochabamba, Oruro, Tarija y Potosí. Para un directivo o un técnico francés, las salidas se sitúan en los hidrocarburos, la minería, la agroindustria y los servicios vinculados a ellos; la moneda es el boliviano.
Referencias del trabajo asalariado en Bolivia
| Elemento | Valor o regla | Fuente |
|---|---|---|
| Salario mínimo nacional | 3.300 bolivianos al mes desde el 01/01/2026 | Ministerio de Trabajo, resolución 088/26 |
| Cotización patronal a la CNS | 10 % del total de la masa salarial | Caja Nacional de Salud |
| Desplazamiento desde Francia | Tres años, renovable una vez, fuera de convenio | CLEISS |
| Imposición de los sueldos | Estado de residencia, salvo empleo ejercido en el otro Estado (artículo 15) | Convenio fiscal de 1994 |
| Doble imposición | Crédito fiscal en Francia (artículo 23) | Convenio fiscal de 1994 |
Los tipos de cotización del asalariado y los baremos del impuesto boliviano se consultan en los organismos locales competentes.
Preguntas frecuentes
¿Qué visado hace falta para trabajar en Bolivia?
Un visado que hay que solicitar a la sección consular de la embajada de Bolivia en Francia para toda estancia de más de 90 días, y después una permanencia temporal ante la Dirección General de Migración, que puede llegar hasta tres años.
¿Cuál es el salario mínimo en Bolivia?
3.300 bolivianos al mes desde el 1 de enero de 2026, según el Ministerio de Trabajo.
¿Cuánto abona el empleador a la CNS?
El 10 % del total de la masa salarial, según una planilla oficial de la Caja Nacional de Salud. El empleador está obligado a afiliar a sus trabajadores.
¿Tienen Francia y Bolivia un convenio fiscal?
Sí, firmado en La Paz el 15 de diciembre de 1994 y en vigor desde el 1 de noviembre de 1996. Los sueldos son imponibles en el Estado donde se ejerce el empleo, y Francia concede un crédito fiscal para evitar la doble imposición.
¿Existe un convenio de seguridad social Francia-Bolivia?
Ninguno aparece en las listas del CLEISS, que no publica una ficha para Bolivia. Un asalariado desplazado fuera de convenio permanece en el régimen francés tres años, renovables una vez.
¿Es posible un desplazamiento?
Sí, fuera de convenio: el asalariado permanece afiliado al régimen francés, cubierto dentro del límite de las prestaciones francesas, contra facturas pagadas con el impreso S 3125c.
¿Qué parte de la economía es informal?
France Diplomatie indica que la economía informal representa en torno al 60 % de la actividad y el 80 % del empleo.
Otras guías: Bolivia
- Vivir allí →Ventajas e inconvenientes, ciudades, coste de la vida, vivienda, instalación.
- Sistema sanitario →Público y privado, hospitales, seguro médico local, acceso a la atención.
- Reembolso de la atención →Quién paga qué según su situación: asalariado, autónomo, jubilado, estudiante.
- Jubilarse allí →Visado, fiscalidad de la pensión, salud de los jubilados, formulario S1.
