Glosario
Autorización previa (entente préalable)
Autorización solicitada por adelantado a un organismo (Seguridad Social, CFE o aseguradora) antes de ciertos tratamientos costosos, raros o prolongados, que condiciona su cobertura.
La entente préalable — también llamada acuerdo previo — se refiere a una lista de actos y tratamientos definida por la Assurance Maladie: ciertos transportes sanitarios de larga distancia, curas termales, sesiones de fisioterapia por encima de un umbral, ortodoncia o determinados dispositivos médicos. La caja dispone de un plazo de 15 días para responder desde la recepción de la solicitud; la falta de respuesta en ese plazo equivale a una aprobación.
El mismo principio se encuentra, en formas parecidas, en los seguros complementarios y en la CFE: ciertos tratamientos costosos o una hospitalización programada pueden requerir un acuerdo de cobertura antes de realizarse, so pena de que el reembolso sea rechazado o reducido. Comprobar esta exigencia antes de un tratamiento programado, y no después, evita una mala sorpresa en el reembolso.
Ejemplo
Antes de empezar un tratamiento de ortodoncia o una cura termal, hay que enviar una solicitud de autorización previa a la caja (o a la aseguradora) y esperar su aprobación: iniciar el tratamiento sin este paso puede provocar un rechazo del reembolso.
También se busca como: acuerdo previo · autorización previa
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