Guía por país — Américas
Seguro para expatriados y seguro de salud en Colombia

En resumen
Colombia financia su sanidad mediante el SGSSS (Sistema General de Seguridad Social en Salud), organizado en torno a dos regímenes: el régimen contributivo, para trabajadores y autónomos que cotizan el 12,5% de sus ingresos (8,5% el empleador + 4% el trabajador) ante una EPS (Entidad Promotora de Salud) de su elección, y el régimen subsidiado, gratuito o con baja participación para las personas clasificadas en los niveles 1 o 2 del Sisbén. No se exige legalmente ningún seguro de salud para una estancia turística de menos de 90 días, pero France Diplomatie lo considera indispensable: las grandes clínicas privadas, las únicas capaces de tratar las urgencias graves, en general solo admiten a pacientes que hayan pagado por adelantado, sin ninguna cobertura posible por parte de la embajada. El visado vacaciones-trabajo franco-colombiano (18-30 años, cupo anual de 400 plazas, nunca alcanzado) exige un seguro que cubra enfermedad, hospitalización, invalidez, maternidad y repatriación durante toda la duración de la estancia, además de un ahorro mínimo de 2.000 €. No se ha identificado ningún convenio bilateral de seguridad social entre Francia y Colombia: un activo expatriado depende por tanto íntegramente del sistema colombiano, sin coordinación con la Seguridad Social francesa.
Cifras clave
- 5.310 franceses inscritos en el registro consular en Colombia en 2025 (5.202 en 2024, es decir +2,08%).
- Esperanza de vida al nacer: 77,7 años en 2023, en clara subida tras el mínimo de 72,7 años en 2021 (Banco Mundial).
- Gasto en salud: 8,16% del PIB en 2023, aproximadamente 571 USD por habitante (Banco Mundial).
- Estancia turística sin visado limitada a 90 días para los titulares de pasaporte francés (France Diplomatie).
Sistema de salud local
El sistema de salud colombiano se basa en el SGSSS (Sistema General de Seguridad Social en Salud), que cubre la enfermedad-maternidad dentro de un régimen más amplio de protección social que también incluye los accidentes de trabajo, la vejez-invalidez-supervivencia y el desempleo. Se organiza en torno a dos regímenes paralelos. El régimen contributivo se dirige a trabajadores, autónomos y jubilados con ingresos suficientes: cotizan y eligen una EPS (Entidad Promotora de Salud), organismo privado, público o mixto encargado de la afiliación, la recaudación de las cotizaciones y el acceso a la cesta de atención garantizada. El régimen subsidiado, gratuito o con una participación muy baja, se dirige a las personas económicamente vulnerables, cuya elegibilidad se determina mediante la clasificación Sisbén (nivel 1 o 2), un sistema de puntuación de los hogares.
Para un residente extranjero, la afiliación a una EPS sigue en principio las mismas reglas que para un colombiano siempre que su estatus migratorio sea regular: un trabajador con contrato colombiano queda afiliado por su empleador, que retiene y transfiere la cotización. El CLEISS precisa que esta afiliación se realiza de forma voluntaria para los extranjeros que disponen de un contrato de trabajo local y que no estén ya cubiertos en su país de origen — en la práctica, la obtención de un permiso de residencia o de un empleo formal es el desencadenante que hace efectiva la afiliación.
El sector privado está especialmente desarrollado en Bogotá y Medellín, con centros de nivel internacional (acreditaciones ICONTEC, JCI) que acogen a buena parte de la clientela expatriada, fuera de la red EPS o como complemento de esta. France Diplomatie subraya que solo las ciudades más grandes cuentan con infraestructuras capaces de tratar todo tipo de urgencias, casi siempre clínicas privadas que en general solo admiten a pacientes que hayan pagado por adelantado.
Obligaciones legales y de visado
- Estancia turística (menos de 90 días): no se exige legalmente ningún seguro de salud para la entrada al territorio; France Diplomatie lo califica no obstante de indispensable, considerando imperativo un contrato de asistencia o un seguro que cubra gastos médicos, hospitalización y repatriación sanitaria, ya que la embajada no puede en ningún caso asumir estos gastos.
- Visado vacaciones-trabajo: convenio bilateral Francia-Colombia, abierto de 18 a 30 años cumplidos en el momento de la solicitud, cupo anual de 400 plazas (nunca alcanzado), estancia máxima de 12 meses. Se exige en el expediente un seguro obligatorio que cubra enfermedad, hospitalización, invalidez, maternidad y repatriación durante toda la duración de la estancia; ninguna de las fuentes consultadas fija un importe mínimo de garantía. Se exige además un ahorro mínimo de 2.000 €.
- Viajeros que entran por vía aérea o marítima: formulario migratorio Check-Mig obligatorio antes de la entrada o la salida del territorio, con independencia de cualquier exigencia de seguro.
- Trabajadores desplazados y residentes temporales o permanentes: afiliación a una EPS desde el empleo formal declarado o la obtención de un estatus migratorio regular, con una cotización del 12,5% de los ingresos (8,5% el empleador + 4% el trabajador, con un tope de 25 SMLMV).
No se ha identificado ninguna multa oficial cuantificada por la simple falta de cobertura fuera del visado vacaciones-trabajo; el riesgo documentado es la negativa de admisión sin pago previo en las grandes clínicas privadas, y las autoridades colombianas por lo demás sancionan con severidad cualquier estancia irregular o cualquier actividad lucrativa ejercida bajo estatus turístico.
Coste de algunos actos médicos
Órdenes de magnitud obtenidos de fuentes especializadas, no tarifas oficiales.
| Acto médico | Sector público | Sector privado |
|---|---|---|
| Consulta de médico de cabecera, régimen contributivo (EPS) | Cuota moderadora, importe reducido proporcional a los ingresos | — |
| Consulta de médico de cabecera, sector privado (particular) | — | tarifa variable según el centro, no comunicada públicamente |
| Visita a urgencias, clínica privada (paciente no asegurado) | — | tarifa variable según el centro, no comunicada públicamente; se exige garantía de pago al ingreso |
| Noche de hospitalización, sector privado | — | tarifa variable según el centro, no comunicada públicamente |
| Medicina prepagada (seguro privado local), por mes | — | tarifa variable según la aseguradora y la edad, no comunicada públicamente |
| Cotización de salud, régimen contributivo (trabajador) | 12,5% del salario (8,5% el empleador + 4% el trabajador), tope de 25 SMLMV | — |
| Cotización de salud, régimen contributivo (autónomo) | 12,5% de los ingresos mensuales declarados | — |
Convenios de seguridad social con Francia
No se ha identificado ningún convenio bilateral de seguridad social entre Francia y Colombia: ni en la ficha de país del CLEISS dedicada a Colombia, ni en la documentación de los textos convencionales del CLEISS, a diferencia de Chile o de Argentina, países para los que sí existen y están publicados este tipo de convenios. A la luz de las fuentes consultadas, Colombia debe por tanto considerarse un país sin convenio con Francia en materia de seguridad social.
- Un activo expatriado en Colombia depende íntegramente de la legislación colombiana para su cobertura sanitaria (afiliación a una EPS), sin totalización de los periodos de seguro ni coordinación con la Seguridad Social francesa.
- No se aplica ningún formulario de desplazamiento (A1, SE 401 Q…): un trabajador enviado a Colombia sin convenio permanece, salvo disposición contractual específica, sujeto al régimen colombiano en cuanto trabaja allí.
- Esta ausencia de convenio debe verificarse antes de cualquier salida ante el CLEISS, ya que nunca puede descartarse una evolución de la situación convencional.
A falta de coordinación bilateral, una adhesión voluntaria a la Caja de los Franceses en el Extranjero (CFE) o un seguro privado internacional son las soluciones más citadas para mantener un vínculo con el sistema francés, como complemento o en sustitución de una afiliación local a una EPS.
Qué seguro según mi perfil
Matriz general — no recomienda ningún producto ni asegurador concreto.
| Perfil | Obligación normativa | Puntos de atención |
|---|---|---|
| Visado vacaciones-trabajo (18-30 años) | Seguro obligatorio de 12 meses, durante toda la duración de la estancia, cupo anual de 400 plazas | Se exige cobertura de enfermedad, hospitalización, invalidez, maternidad y repatriación; ahorro mínimo de 2.000 € |
| Estudiante | No se ha identificado ninguna exigencia uniforme de seguro en las fuentes consultadas | Verificar directamente ante el consulado de Colombia competente y ante el centro de acogida |
| Trabajador desplazado / residente temporal | Ningún convenio Francia-Colombia: afiliación a una EPS desde el empleo formal o el estatus migratorio regular | Sin coordinación con la Seguridad Social francesa; se recomiendan la CFE o un seguro privado en paralelo |
| Jubilado | Ningún convenio bilateral que cubra la atención sanitaria de los jubilados | Verificar el acceso a una EPS o a una medicina prepagada desde la instalación, sin el respaldo de un acuerdo franco-colombiano |
| Familia con hijos menores | Cada miembro debe cumplir sus propias condiciones de estatus migratorio para quedar afiliado | Verificar la cobertura de maternidad y pediátrica ante la EPS o la aseguradora privada elegida |
Hospitales y red de atención
- Bogotá: Fundación Santa Fe de Bogotá — centro privado de referencia, con acreditación internacional, clasificado regularmente entre los mejores hospitales de Colombia.
- Bogotá: Clínica del Country — institución privada de primer nivel, acreditación ICONTEC, más de 30 especialidades.
- Medellín: Hospital Pablo Tobón Uribe — centro universitario privado acreditado por JCI, referencia para Medellín y el oeste colombiano.
Trámites
- Antes de la salida: contratar un seguro que cubra gastos médicos, hospitalización y repatriación sanitaria, sea cual sea la duración prevista de la estancia.
- Para un visado vacaciones-trabajo: preparar el expediente con un seguro válido durante toda la estancia (enfermedad, hospitalización, invalidez, maternidad, repatriación) y un justificante de ahorro mínimo de 2.000 €, antes de presentar la solicitud.
- Antes de cualquier vuelo hacia o desde Colombia: rellenar el formulario migratorio Check-Mig.
- Para una estancia de más de 90 días: iniciar el trámite de visado de residencia (visado M) ante las autoridades colombianas antes de que expire el plazo sin visado.
- Desde el empleo formal o la obtención de un estatus migratorio regular: afiliación a una EPS del régimen contributivo, o verificación de la elegibilidad al régimen subsidiado mediante el Sisbén.
- En los 6 meses siguientes a la llegada: inscripción en el registro de franceses residentes fuera de Francia ante el consulado general en Bogotá (gratuita, válida 5 años, recomendada).
- A falta de convenio franco-colombiano: valorar una adhesión voluntaria a la CFE o un seguro privado internacional desde la instalación.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio un seguro de salud para entrar en Colombia como turista?
No, ninguna de las fuentes consultadas exige un justificante de seguro a la entrada para una estancia de menos de 90 días. France Diplomatie lo presenta no obstante como indispensable, ya que las clínicas privadas capaces de tratar urgencias graves en general solo admiten a pacientes que hayan pagado por adelantado.
¿Qué es el SGSSS y cómo funciona?
El SGSSS (Sistema General de Seguridad Social en Salud) es el régimen sanitario colombiano, organizado en dos regímenes: el régimen contributivo, financiado con una cotización del 12,5% de los ingresos y gestionado por EPS para trabajadores y autónomos, y el régimen subsidiado, gratuito o con baja participación para las personas clasificadas en los niveles 1 o 2 del Sisbén.
¿Tienen Francia y Colombia un convenio de seguridad social?
No se ha identificado ningún convenio bilateral entre Francia y Colombia en la documentación del CLEISS, a diferencia de Chile o de Argentina. Un activo expatriado depende por tanto íntegramente del sistema colombiano para su cobertura sanitaria, sin coordinación con la Seguridad Social francesa.
¿Cómo se afilia un residente extranjero a una EPS?
En principio en las mismas condiciones que un colombiano, siempre que su estatus migratorio sea regular. Un trabajador con contrato local queda afiliado por su empleador, que retiene la cotización del 12,5%; un autónomo cotiza directamente sobre sus ingresos declarados.
¿Qué ocurre en caso de hospitalización sin cobertura en Colombia?
Las grandes clínicas privadas, principales centros capaces de tratar urgencias graves, exigen en general una garantía de pago o un pago por adelantado, sin intervención posible de la embajada de Francia sobre el terreno.
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Redactado por Expavy
Fuentes
- France Diplomatie — Colombia, Salud
- France Diplomatie — Colombia, Entrada / estancia
- France Diplomatie — Registro de franceses residentes fuera de Francia (datos de 2025)
- CLEISS — Ficha de país Colombia
- CLEISS — El sistema de protección social colombiano
- CLEISS — Tasas de cotizaciones sociales en Colombia
- pvtistes.net — Todo sobre el visado vacaciones-trabajo en Colombia
- Banco Mundial — Esperanza de vida al nacer, Colombia
- Banco Mundial — Gasto en salud corriente (% del PIB), Colombia
- Banco Mundial — Gasto en salud corriente por habitante, Colombia
- Newsweek — World's Best Hospitals 2026, Colombia
- Hospital Pablo Tobón Uribe — Presentación del centro (Medellín)
- Clínica del Country — Presentación del centro (Bogotá)